El seguro de un taxi, un remís, un transporte escolar o un vehículo de reparto se rige en todo el país por las mismas condiciones uniformes que el de un auto particular: las aprueba la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) en el Anexo del punto 23.6. La actividad cambia tres cosas: el uso que tiene que figurar en el frente de póliza, las cláusulas adicionales que se agregan y el límite máximo de responsabilidad civil.
El uso tiene que estar escrito en la póliza
La cláusula CG-CO 5.1 obliga a avisarle a la aseguradora cuando el vehículo pasa a un uso distinto del que figura en el frente de póliza o se usa con una plataforma. La cobertura de daños al vehículo (CG-DA 2.1, inciso 24) excluye dos casos:
- el vehículo destinado a otro uso sin comunicarlo en forma fehaciente;
- los daños a pasajeros que viajaban por un contrato de transporte pago cuando ese uso no figura en el frente de póliza o en el certificado.
La Ley 17.418 trata ese cambio como agravación del riesgo. Si la agravación la provocás vos, tenés que denunciarla antes de que ocurra (artículo 38) y la cobertura queda suspendida (artículo 39). Si no avisás y el siniestro pasa mientras dura la agravación, la aseguradora no está obligada a pagar, salvo que la omisión haya sido sin culpa o que la aseguradora ya la conociera (artículo 40). Cómo se pide el cambio por endoso está en cambios en la póliza durante la vigencia.
Taxi y remís
Además de la póliza, un auto que pasa a taxi o remís tiene que cambiar el uso en el Registro del Automotor. Ese trámite está en cambio de uso a taxi o remís.
En la póliza, estas son las diferencias:
- Descubierto obligatorio (CA-RC 20.2). En cada reclamo de terceros, transportados o no, la aseguradora paga la indemnización y vos le devolvés el descubierto dentro de los 10 días. Para pólizas emitidas o renovadas desde el 1 de enero de 2026, ese descubierto no puede superar $494.000 (Resolución SSN 589/2025). Se aplica sobre la indemnización, los honorarios, las costas y los intereses. No se aplica a los gastos de sanatorio y sepelio que la aseguradora paga sin discutir la culpa, y la cláusula sólo vale si el frente de póliza lo advierte en forma destacada.
- Límite de responsabilidad civil. Para taxis y remises, la responsabilidad civil voluntaria puede llegar hasta $455.000.000; para un auto particular, el máximo es $208.000.000. El límite de tu póliza es el que figura en el frente.
- Radio de 100 km (CA-RC 1.1). Si la póliza incluye la cláusula de vehículos locales de servicios públicos, la aseguradora no responde por hechos ocurridos a más de 100 km del domicilio del asegurado o del lugar que fije la póliza. Tiene que figurar como advertencia destacada en el frente.
Para viajar con un bebé en taxi o remís, las reglas de la silla están en bebés en taxi o remís.
Viajes por aplicación
Si declarás que hacés viajes por plataforma, la póliza particular lleva la cláusula CA-CC 18.1, que suspende la responsabilidad civil hacia terceros mientras dura el viaje contratado. Las demás coberturas siguen. Esa responsabilidad civil la tiene que cubrir un seguro específico para vehículos de plataforma, con un límite máximo de $455.000.000. El detalle está en seguro del auto para Uber, Cabify o DiDi, y los requisitos de cada ciudad, en manejar para Uber, Cabify o DiDi.
Transporte escolar
Con la cláusula CA-RC 19.1, la responsabilidad civil hacia las personas transportadas en un vehículo escolar exige cinturones de seguridad combinados e inerciales en todos los asientos, como manda la Ley 25.857 que modificó el artículo 55 de la Ley de Tránsito. Si un siniestro afecta a pasajeros y la unidad no tenía esos cinturones, no hay cobertura para ellos. La cláusula también tiene que figurar como advertencia destacada en el frente.
Si la unidad está homologada como categoría M2 o M3, la responsabilidad civil voluntaria puede llegar hasta $676.000.000. Las condiciones obligatorias para servicios de pasajeros de oferta libre e interjurisdiccionales están en seguro para transporte de pasajeros de oferta libre. Qué documentación pedirle a un transportista escolar en CABA está en contratar transporte escolar.
Reparto y mensajería
La responsabilidad civil cubre los daños que causa la carga llevada en condiciones reglamentarias. Excluye, en cambio (CG-RC 2.1):
- los daños a las cosas transportadas y los que ocurren durante la carga y descarga (inciso 5);
- el exceso de carga, el mal estibaje y el envase deficiente (inciso 6);
- a los empleados del asegurado o del conductor lesionados mientras trabajan (inciso 17.2). Un ayudante en relación de dependencia queda afuera de la póliza del vehículo. Cómo entra la ART en esos casos está en llevar compañeros de trabajo en tu auto.
La mercadería se asegura con otro contrato, como explica seguro del vehículo y seguro de la carga. Si usás una pickup o un utilitario con cúpula, estantes o equipos montados, revisá también qué declarar del equipamiento agregado. Para motos de reparto, el alta en una empresa está en ficha de alta de una moto de reparto, y qué pasa con la garantía de fábrica, en garantía de la moto usada para trabajar.
Antes de empezar a trabajar con el vehículo
- Pedile a la aseguradora o al productor, por escrito, el cambio de uso y guardá la respuesta.
- En el endoso, revisá que figure la actividad, la fecha desde la que rige y las cláusulas adicionales que correspondan.
- Si sos taxista o remisero, buscá en el frente el monto del descubierto y si aparece el radio de 100 km.
- Si llevás chicos, comprobá que todos los asientos tengan cinturón inercial antes del primer viaje.
- Si llevás mercadería de terceros, preguntá quién la asegura antes de aceptar el envío.