Una pickup o un utilitario se aseguran con las mismas condiciones uniformes que un auto, aprobadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) en el Anexo del punto 23.6 del Reglamento General de la Actividad Aseguradora para todo el país. Lo que cambia es lo que se les suele agregar: cúpula, barra, enganche, caja térmica, estantería, un equipo montado. La póliza cubre esos agregados sólo si figuran en el frente con su valor.
Todo lo que no vino de fábrica
Las coberturas de daños (CG-DA 1.1), incendio (CG-IN 1.1) y robo (CG-RH 1.1) responden por las piezas y partes fijas que el vehículo trae de fábrica. Los accesorios y elementos opcionales agregados sólo están cubiertos si la póliza los nombra y declara su valor.
Con la cláusula CA-DR 1.2, cada accesorio declarado tiene la misma cobertura que el vehículo:
- Si el vehículo es pérdida total, la indemnización se suma con los valores declarados de los accesorios dañados.
- Si el daño es parcial y alcanza el 80% o más del valor declarado de un accesorio, la cobertura de ese accesorio se agota hasta el fin de la vigencia anual.
- Si roban un accesorio, la CA-RH 1.1 descuenta una franquicia del 10% del siniestro, con un mínimo del 1% y un máximo del 3% del valor de un 0 km de la misma marca y modelo.
Los equipos de sonido que no son de fábrica sólo entran en daños e incendio si están declarados, y en robo quedan excluidos. Más detalle sobre accesorios y objetos en auto robado con cosas adentro.
Si agregaste algo después de contratar, pedí un endoso que lo incluya (cambios en el seguro durante la vigencia). Si el agregado es una modificación del vehículo, revisá también si exige taller habilitado en modificar el auto.
Equipos montados
Las condiciones de daños, incendio y responsabilidad civil excluyen los daños «por o a» equipos industriales, científicos o similares montados o transportados, cuando se producen por su funcionamiento específico. Sí se pagan los daños que esos equipos le causen al propio vehículo.
En la práctica, si una grúa, un hidroelevador o un equipo de trabajo montado sobre la caja se rompe o daña a alguien mientras funciona, la póliza del vehículo no responde. Para ese riesgo hace falta otro seguro. Preguntale a la aseguradora por escrito cómo queda cubierto el equipo cuando el vehículo circula y cuando está operando.
La carga
La póliza del vehículo no cubre:
- las cosas o animales transportados, ni los daños durante la carga o descarga;
- los daños por exceso de carga, mal estibaje o mal acondicionamiento;
- la carga muy inflamable, explosiva, corrosiva o tóxica, ni lo que esa carga agrave en un siniestro.
La CG-CO 5.1 te obliga a avisarle a la aseguradora si llevás ese tipo de carga peligrosa; existen cláusulas adicionales que la cubren en responsabilidad civil. Las herramientas y la mercadería se aseguran aparte: las diferencias están en seguro del vehículo y seguro de la carga, y qué hacer si te las roban, en robo de herramientas o accesorios del vehículo.
Remolcar con la pickup
La responsabilidad civil se pierde mientras el vehículo remolca a otro, salvo ayuda ocasional y de emergencia. La cláusula CA-RC 2.1 mantiene la cobertura al remolcar un vehículo sin propulsión propia, con estos límites para automóviles y camionetas rurales:
- pueden remolcar sólo una casa rodante, un tráiler o un bantam;
- los daños entre el vehículo que remolca y el remolcado no se cubren;
- si la pickup y el remolque están asegurados en compañías distintas, la de la pickup responde por el 80% de los daños a terceros no transportados y la del remolque por el 20%.
Si no tenés la CA-RC 2.1 en el frente, preguntá antes de enganchar. El detalle para tráileres y casas rodantes está en seguro de un tráiler o casa rodante.
El uso declarado
La cobertura de daños excluye el vehículo que se usa para algo distinto de lo indicado en el frente sin aviso a la aseguradora, y la CG-CO 5.1 te obliga a avisar el cambio de uso. Una pickup asegurada como particular que pasa a hacer fletes o reparto tiene que declararlo. Lo mismo si vas a llevar pasajeros por un precio o a trabajar con una plataforma. Cómo revisarlo en vehículos de trabajo está en uso declarado en el seguro.
Qué pedir que diga la póliza
El Reglamento General de la Actividad Aseguradora, punto 25, obliga a mostrar al principio de las condiciones particulares los riesgos cubiertos, sus sumas y sus franquicias. Comprobá que figuren:
- cada accesorio agregado, nombrado y con su valor;
- la cláusula CA-DR 1.2;
- el uso declarado que coincide con lo que hacés con el vehículo;
- la CA-RC 2.1, si remolcás;
- la respuesta escrita de la aseguradora sobre los equipos montados.
Si al contratar no declaraste algo que la compañía habría tenido en cuenta para aceptar el riesgo o fijar la prima, el problema es la reticencia, explicada en reticencia en el seguro del auto.