Si llevás compañeros de trabajo en tu auto particular, la responsabilidad civil de tu póliza los cubre como personas transportadas, también mientras suben y bajan. Así lo fijan las condiciones uniformes que la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) impone a todas las aseguradoras del país. Antes de organizar viajes compartidos, revisá tres cosas: cuántas personas suben, si alguien paga por el viaje y qué dice la política de tu empleador.
Qué cubre la responsabilidad civil
La Ley de Tránsito 24.449, en su artículo 68, exige un seguro que cubra los daños causados a terceros, «transportados o no». La cláusula CG-RC 1.1 del anexo de condiciones de la SSN desarrolla esa obligación: la aseguradora responde por los daños corporales a personas transportadas o no transportadas, hasta el monto por acontecimiento que figura en el frente de la póliza.
La misma norma enumera daños que la aseguradora no indemniza (cláusula CG-RC 2.1, punto 17). Tres te afectan cuando llevás pasajeros:
- Familiares. El cónyuge o conviviente y los parientes del asegurado o del conductor hasta el tercer grado.
- Empleados del asegurado o del conductor. Las personas en relación de dependencia laboral con ellos, cuando el hecho ocurre en oportunidad o con motivo del trabajo.
- Exceso de capacidad. Los pasajeros que superan la capacidad de fábrica del vehículo o viajan en lugares no aptos.
Si el auto es tuyo, sos el asegurado, y tus compañeros trabajan para la empresa, no para vos. Si el auto es de la empresa, la asegurada es la empleadora y sus empleados que viajan por trabajo quedan dentro de la segunda exclusión. Esos pasajeros cuentan con la cobertura de la ART por accidente de trabajo.
Leé el frente de tu póliza para conocer el límite por acontecimiento. La guía para leer una póliza indica dónde está cada dato.
Cuándo el viaje deja de ser un favor
El artículo 5 de la Ley 24.449 define servicio de transporte como el traslado de personas o cosas con un fin económico directo o mediando un contrato de transporte. Si tus compañeros te pagan por cada viaje, o la empresa te paga por llevarlos, consultá a tu aseguradora antes de empezar.
La Ley de Seguros 17.418 obliga al asegurado a denunciar las agravaciones del riesgo causadas por un hecho suyo antes de que se produzcan (artículo 38). Si no lo hace y ocurre un siniestro mientras dura la agravación, la aseguradora puede quedar liberada de pagar (artículo 40). Pedí la respuesta de la compañía por escrito. La nota sobre uso declarado en la póliza explica cómo documentar ese cambio.
Si la empresa necesita trasladar a un grupo todos los días, el camino es contratar un servicio habilitado. La guía sobre combis para empleados detalla qué tipo de servicio corresponde.
La ART en un viaje laboral
El artículo 6 de la Ley 24.557 considera accidente de trabajo el ocurrido por el hecho o en ocasión del trabajo, y el ocurrido en el trayecto entre el domicilio y el trabajo si no se interrumpió ni se alteró por causas ajenas al trabajo. La ley permite declarar por escrito un cambio de recorrido sólo por estudio, otro empleo o atención de un familiar directo enfermo no conviviente.
Pasar a buscar a un compañero no figura en esa lista. Si hay un choque, denunciá igual el hecho ante la ART y dejá que la aseguradora evalúe el recorrido. El artículo sobre accidentes in itinere explica cómo hacerlo.
Qué acordar con tu empleador
Si la empresa te pide usar tu auto para ir a un cliente o trasladar a otros empleados, aclará estos puntos antes del primer viaje:
- Si la política interna permite usar autos particulares para tareas y llevar a otras personas.
- Cómo te reintegra el uso del auto. El artículo 105 de la Ley de Contrato de Trabajo contempla el reintegro por kilómetro recorrido, acreditado con comprobantes.
- Qué pasa si tu auto se daña durante la tarea. El artículo 76 de la misma ley obliga al empleador a resarcir los daños que sufran los bienes del trabajador por el hecho y en ocasión del trabajo.
- A quién avisás si hay un choque con compañeros a bordo.
La política de uso del vehículo es el documento donde la empresa responde esas preguntas. Para el detalle de comprobantes y valores por kilómetro, consultá cómo pedir el reintegro de gastos del auto.