En Argentina todo auto, moto, acoplado o semiacoplado que circula tiene que estar asegurado en responsabilidad civil por los daños que pueda causar a terceros, transportados o no (artículo 68 de la Ley 24.449). La póliza mínima que cumple esa obligación cubre lesiones y muerte de terceros hasta $20.800.000 por persona. No cubre los daños al auto, la moto o la casa de otro: eso entra en la responsabilidad civil voluntaria, que es la que incluyen casi todos los planes que se venden como «terceros» o «todo riesgo».

Los textos de las dos coberturas son uniformes para todo el país. Los aprueba la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) en el Anexo del punto 23.6 del Reglamento General de la Actividad Aseguradora. En el frente de póliza, el seguro obligatorio figura con el código SO-RC y el voluntario con CG-RC. Si querés saber qué indica cada código, está explicado en los códigos de las cláusulas de la póliza.

Qué cubre el seguro obligatorio

La cláusula SO-RC 1.1 cubre la responsabilidad civil del asegurado y del conductor autorizado por los daños personales que el vehículo, o la carga que lleva en condiciones reglamentarias, cause a terceros. A los pasajeros los cubre también mientras suben o bajan.

Los montos los actualiza la SSN. Para pólizas emitidas o renovadas desde el 1 de enero de 2026 rigen los de la Resolución SSN 589/2025:

  • muerte o incapacidad total y permanente: $20.800.000 por persona;
  • incapacidad parcial y permanente: el porcentaje de incapacidad aplicado sobre ese monto, según el baremo de la cláusula 9;
  • varias víctimas en un mismo hecho: hasta el doble del monto por persona en total.

La aseguradora paga además las costas del juicio civil y los gastos para resistir el reclamo, como establece el artículo 110 de la Ley 17.418.

Gastos de sanatorio y sepelio: se pagan sin discutir la culpa

El artículo 68 de la Ley de Tránsito obliga a la aseguradora a pagar de inmediato los gastos de sanatorio o velatorio de los terceros. La cláusula SO-RC 1.2 llama a esto «obligación legal autónoma» y fija para 2026 estos topes por persona:

ConceptoLímite por persona
Gastos sanatoriales$910.000
Gastos de sepelio$533.000

Se pagan a la víctima, a sus herederos o a quien adelantó el gasto, dentro de los cinco días de acreditado el derecho. La aseguradora no puede negarse alegando que su asegurado no tuvo la culpa, y pagar no implica reconocer esa responsabilidad: después puede reclamarle al verdadero responsable. Si la víctima firma una renuncia a reclamar más a cambio de este pago, la ley dice que esa renuncia no vale.

Qué no cubre el seguro obligatorio

Daños a cosas. El auto que chocaste, la moto, la vidriera o el cerco no están en la cobertura obligatoria. Si tu póliza sólo dice SO-RC, esos daños los pagás vos.

Personas excluidas. La cláusula 6 deja afuera a:

  • el cónyuge o conviviente y los parientes del asegurado o del conductor hasta el tercer grado, por sangre o por matrimonio (en una empresa, los directivos);
  • los empleados lesionados mientras trabajan para el asegurado o el conductor;
  • los pasajeros que viajan por encima de la capacidad del vehículo o en lugares no aptos;
  • los pacientes trasladados en ambulancia.

Situaciones excluidas. Tampoco hay cobertura si maneja alguien sin licencia para esa categoría, si el vehículo va con exceso de carga o mal estibado, si remolca a otro vehículo fuera de un auxilio ocasional o si participa en una picada. Cuando el daño se causa con dolo o culpa grave, la aseguradora queda liberada (artículo 114 de la Ley 17.418). Si el conductor es un empleado del asegurado, la aseguradora igual responde frente al asegurado por la culpa grave del empleado y después puede reclamarle a él. Cómo se aplican estas cláusulas cuando hay alcohol o licencia vencida está en exclusiones del seguro del auto.

Si llevás compañeros de trabajo en tu auto, revisá la exclusión de empleados con lo que explica la nota sobre ese traslado.

Qué agrega la responsabilidad civil voluntaria

La cláusula CG-RC 1.1 cubre lesiones o muerte de personas transportadas o no, y también daños materiales a cosas de terceros. El límite por acontecimiento es el que figura en el frente de póliza. Las personas excluidas son las mismas que en el obligatorio.

La Resolución SSN 589/2025 fija el límite máximo que puede tener esta cobertura según el vehículo:

VehículoLímite máximo de RC voluntaria
Autos, pick-ups, motos, ciclomotores, casas rodantes, vehículos remolcados y autos de alquiler sin conductor$208.000.000
Taxis, remises, camiones, tractores, acoplados, semirremolques, maquinaria vial y rural, y vehículos que trabajan con plataformas$455.000.000
Vehículos de pasajeros M2 y M3$676.000.000

En taxis y remises, la cobertura de responsabilidad civil lleva un descubierto obligatorio de $494.000 a cargo del asegurado.

Que el máximo sea $208.000.000 no significa que tu póliza llegue a esa cifra. Buscá el límite contratado en el frente de póliza. La comparación con daños propios, robo e incendio está en terceros completo o todo riesgo.

Si el reclamo supera el límite

La aseguradora mantiene indemne al asegurado por lo que deba a un tercero dentro de lo previsto en el contrato (artículo 109 de la Ley 17.418). Lo que una sentencia fije por encima del límite contratado no lo paga la compañía, y el asegurado responde con su patrimonio. El damnificado cobra con prioridad sobre la suma asegurada, aun frente a otros acreedores del asegurado (artículo 118).

Si te reclaman o te demandan

  • No reconozcas responsabilidad ni firmes un acuerdo sin conformidad de la aseguradora: el artículo 116 de la Ley de Seguros lo prohíbe.
  • Si te notifican una demanda, avisale a la aseguradora a más tardar el día hábil siguiente y mandale la copia de los papeles. La compañía tiene dos días hábiles para decir si asume la defensa; si no contesta, la asume (cláusula SO-RC 3).
  • En una causa penal, avisá enseguida. La aseguradora tiene cinco días hábiles para decidir si te defiende, y podés tener tu propio abogado a tu costo.

El paso a paso después de un reclamo está en qué avisar al seguro si te reclaman por un choque, y el plazo para la primera denuncia en plazo para denunciar un siniestro. Si el damnificado sos vos, el camino es el reclamo como tercero. El damnificado también puede citar a la aseguradora del responsable en el juicio hasta que la causa se abre a prueba (artículo 118).

Cómo ver qué tenés contratado

En el frente de póliza buscá si aparece sólo SO-RC o también CG-RC, y cuál es el límite por acontecimiento. Los montos dependen de la fecha de emisión o renovación: los de esta página rigen para pólizas emitidas o renovadas desde el 1 de enero de 2026. Para recorrer el resto del documento, usá cómo leer la póliza del seguro del auto. Para circular alcanza con el obligatorio, y llevarlo en el celular es válido, como explica la nota sobre la multa por circular sin seguro.