La Ley de Seguros establece un plazo de tres días para comunicar el siniestro a la aseguradora, contado desde que el tomador o la persona con derecho a la cobertura lo conoce. En responsabilidad civil, el asegurado debe avisar el hecho que puede generar un reclamo dentro de tres días si lo conocía o debía conocerlo. Si recibe una demanda, debe comunicarla de inmediato.
La norma habla de tres días, no de “72 horas hábiles”. Para no discutir cómo se computa el plazo en un caso concreto, hacé la denuncia apenas puedas y conservá un comprobante con fecha y hora.
Qué dice la Ley de Seguros
Los artículos 46 a 48 de la Ley 17.418 regulan el aviso del siniestro y la información que puede pedir la compañía. El tomador o derechohabiente debe comunicar lo ocurrido dentro de los tres días de conocerlo y aportar, cuando se lo requieran, información y prueba instrumental razonable.
Para el seguro de responsabilidad civil, el artículo 115 fija una regla relacionada: el asegurado debe denunciar el hecho del que puede surgir su responsabilidad dentro de tres días de producido, si lo conocía o debía conocerlo, o desde el reclamo del tercero si antes lo ignoraba.
Estos dos supuestos no siempre empiezan el mismo día. En un choque que presenciaste, conocés el hecho cuando ocurre. En un daño del que no tuviste noticia, puede ser necesario establecer cuándo lo conociste o cuándo debías razonablemente conocerlo. Guardá la comunicación, citación o reclamo que marque ese momento.
No esperes el presupuesto ni la decisión sobre la culpa
La denuncia inicial no exige que ya sepas cuánto costará la reparación, quién causó el choque o qué cobertura aplicará. Esperar un presupuesto definitivo, el acta policial o la respuesta de la otra persona puede consumir el plazo.
Informá los datos disponibles:
- número de póliza y dominio;
- fecha, hora y lugar del hecho;
- vehículos y personas involucradas;
- daños visibles;
- existencia de lesionados;
- intervención policial, vial o médica;
- datos de terceros y testigos;
- lugar donde quedó el auto;
- fotos o archivos que ya puedas conservar.
Si falta un documento, indicá que lo enviarás cuando lo recibas. No completes espacios con una suposición. Diferenciá lo que viste de lo que te contó otra persona.
La guía sobre qué hacer después de un choque ordena las medidas en el lugar. El aviso al seguro forma parte de esa secuencia, pero no debe demorar la atención de personas ni el cumplimiento de una orden de la autoridad.
Cómo dejar constancia de la denuncia
Usá un canal que la aseguradora reconozca: aplicación, portal, teléfono, correo, productor o centro de atención indicado en la póliza. Pedí un número de siniestro o un acuse que identifique el caso.
Conservá:
- captura o archivo de lo enviado;
- fecha y hora;
- número de gestión o siniestro;
- nombre o identificación del receptor;
- archivos adjuntos;
- pedidos posteriores de la compañía;
- respuestas que entregues.
Una llamada sin número de gestión puede ser difícil de acreditar. Si la denuncia empezó por teléfono, pedí la confirmación escrita y verificá que el dominio, la fecha y el tipo de hecho sean correctos.
La póliza puede otorgar un plazo más amplio, pero no conviene asumirlo sin leer sus condiciones. Un beneficio contractual más favorable no elimina la necesidad de avisar rápido ni autoriza a retener información relevante.
Qué pasa si denunciaste fuera de plazo
La demora puede comprometer el derecho a la indemnización. La Ley 17.418 contempla consecuencias y excepciones que dependen de las circunstancias del incumplimiento. Una denuncia tardía no debe abandonarse ni darse por rechazada antes de que la compañía responda.
Presentala de inmediato y agregá una explicación verificable de la demora. Guardá, cuando exista:
- prueba de la fecha en que conociste el hecho;
- constancia de internación, imposibilidad material u otra circunstancia relevante;
- comunicaciones previas con el productor o la compañía;
- respuesta formal del asegurador.
Si la aseguradora rechaza la cobertura, pedí que identifique por escrito la cláusula, los hechos y el fundamento de la decisión. No te limites a una explicación telefónica. Un caso fuera de plazo puede necesitar revisión profesional según la póliza y la evidencia disponible.
Aviso inmediato de una demanda o citación
El plazo de tres días para denunciar el hecho no debe confundirse con una demanda posterior. El artículo 115 exige avisar de inmediato a la aseguradora cuando el tercero inicia una acción judicial.
Remití la demanda, cédula, mediación, citación o intimación completa el mismo día en que la recibís. Registrá quién la recibió, la fecha de notificación y cualquier audiencia o vencimiento. No contestes ni acuerdes un pago sin coordinar con la aseguradora y el asesoramiento que corresponda.
El artículo 116 impide reconocer responsabilidad o celebrar una transacción sin la anuencia del asegurador. Esto no te impide relatar hechos verdaderos, asistir a una persona o responder a la autoridad.
Preservar el auto y la evidencia
La denuncia tampoco autoriza a reparar de inmediato. La ley exige adoptar medidas razonables para evitar o disminuir el daño, pero protege la posibilidad de determinar qué ocurrió. Si el auto genera un riesgo, documentá su estado y pedí instrucciones antes de intervenir cuando sea posible.
La guía sobre reparaciones antes de la inspección del seguro distingue una medida urgente de una reparación definitiva. Guardá fotos originales, órdenes, comprobantes de traslado y cualquier instrucción recibida.
Si la compañía ya recibió la denuncia pero no responde, revisá qué plazos y reclamos corresponden frente a la aseguradora. Esa etapa empieza después del aviso y no modifica la fecha en que debías denunciar.
Si reclamás como tercero
El plazo explicado corresponde al deber del tomador o asegurado frente a su propia compañía. La persona dañada que reclama contra el seguro de otro vehículo tiene una posición distinta y debe seguir el procedimiento de esa aseguradora sin confundirlo con la denuncia contractual del asegurado.
Conservá los datos del responsable, su compañía, el número de siniestro y la prueba del daño. La guía de reclamo del tercero damnificado trata esa vía por separado.
Presentá el aviso aunque todavía falten presupuestos o documentos. El primer comprobante debe permitir probar qué informaste, por qué canal y en qué fecha.