Si te robaron el auto con cosas adentro, la cobertura de robo paga el vehículo, sus partes de fábrica y los accesorios declarados en la póliza. Lo que llevabas adentro (una mochila, una notebook, ropa, herramientas personales) sólo entra si contrataste la cláusula adicional de robo al contenido. Las reglas son las condiciones uniformes de la Superintendencia de Seguros de la Nación, de uso obligatorio para todas las aseguradoras del país.
Los pasos para el vehículo (denuncia, inscripción en el Registro y documentación que pide la compañía) están en auto robado: denuncia, seguro y baja.
Objetos personales: la cláusula CA-RH 9.1
La CA-RH 9.1, «Robo al Contenido», paga los objetos de uso personal o familiar que estaban transitoriamente en el auto, si eran tuyos o del conductor autorizado, o estaban bajo su cuidado. Funciona en tres casos:
- robo total o parcial del vehículo;
- hurto total del vehículo;
- tentativa de robo que dañe cerraduras o vidrios laterales.
En los tres, el hecho tiene que estar cubierto por tu póliza. La cláusula no incluye el hurto parcial, es decir, que se lleven cosas del auto sin violencia ni fuerza.
Tiene condiciones propias:
- Auto cerrado con llave si no había nadie adentro.
- Denuncia policial presentada por el asegurado.
- Límite propio, el que figura en el frente de póliza para esta cobertura, distinto de la suma asegurada del auto.
- Franquicia propia, que no puede superar el 20% de ese límite.
Qué excluye
Aunque tengas la cláusula, no paga:
- dinero en efectivo, cheques, tarjetas de crédito y débito, tickets o vouchers;
- documentos, manuscritos, papeles de comercio, títulos, acciones y bonos;
- joyas, alhajas, objetos preciosos y obras de arte;
- relojes;
- instrumentos científicos o de precisión, como balanzas, calibres o alcoholímetros;
- GPS;
- instrumentos de óptica, como lentes, microscopios o telescopios;
- equipos de sonido y similares accesorios al vehículo;
- patrones, matrices, moldes, dibujos y planos técnicos.
Si en el auto había herramientas o equipos de trabajo de una empresa, el análisis es otro: está en robo de herramientas o accesorios del vehículo de empresa.
Qué poner en la denuncia
Listá en la denuncia policial y en la denuncia a la aseguradora cada objeto, con marca, modelo y número de serie si lo tenés. Guardá facturas, fotos o resúmenes de tarjeta que prueben que eran tuyos y cuánto valían. El aviso a la aseguradora vence a los tres días de conocer el robo, y la compañía puede pedirte la información y los comprobantes razonables para verificar el daño (Ley 17.418, art. 46).
Documentos que estaban en el auto
La cédula, el título, la licencia y el documento no los paga ninguna cláusula del seguro automotor. Hay que reemplazarlos:
- cédula del auto: duplicado de cédula perdida o robada;
- licencia de conducir: duplicado de licencia por pérdida o robo.
Si el auto aparece, el trámite de recupero está en apareció el auto robado.
Accesorios que agregaste al auto
La cobertura de robo (CG-RH 1.1) responde por las piezas y partes fijas que el auto trae de fábrica, salvo los equipos de sonido. Los accesorios y elementos opcionales que no vienen de fábrica sólo están cubiertos si figuran expresamente en la póliza con su valor declarado. La misma regla rige para daños (CG-DA 1.1).
Los equipos de sonido y similares tienen un tratamiento aparte. En daños, la CG-DA 2.1 los excluye salvo que estén especificados en la póliza con su valor. En robo, la CG-RH 2.1 los excluye sin esa salvedad. Si agregaste un equipo multimedia, preguntá por escrito a la aseguradora si tu póliza lo cubre contra robo y pedí que lo diga el frente o un endoso.
Cuando están declarados, la cláusula CA-DR 1.2 les da la misma cobertura que al vehículo, por los valores del frente de póliza. Si el robo de un accesorio es parcial, la CA-RH 1.1 fija una franquicia del 10% del siniestro, con un mínimo del 1% y un máximo del 3% del valor de un 0 km de la misma marca y modelo.
Algunos elementos sueltos no se pagan aunque sean de fábrica: tazas de ruedas, tapas de radiador y tanque, escobillas y brazos limpiaparabrisas, espejos e insignias exteriores y herramientas. Esa exclusión (CG-RH 2.1, inciso 9) no se aplica cuando se pierden junto con el robo o hurto total del auto, si tenés cubierto el robo parcial como secuela del total.
Cómo comprobar que están declarados
El Reglamento General de la Actividad Aseguradora, punto 25.1.2, obliga a mostrar al principio de las condiciones particulares los riesgos cubiertos con sus sumas aseguradas y las franquicias de cada cobertura. Buscá ahí:
- Cada accesorio nombrado, no una mención genérica.
- El valor declarado de cada uno.
- Las cláusulas CA-DR 1.2 y, si la contrataste, CA-RH 9.1 con su límite.
- La fecha desde la que rige, si el accesorio se agregó con un endoso.
Si instalaste un accesorio después de contratar, avisá antes del cambio y pedí el endoso; qué revisar en ese documento está en cambios en el seguro durante la vigencia. Si declaraste mal un elemento al contratar, el riesgo es la reticencia, explicada en reticencia en el seguro del auto.
Si otro seguro cubre los mismos objetos
Si tenés un seguro de hogar o de objetos personales, leé sus condiciones para ver si cubre bienes fuera del domicilio y con qué exclusiones. Cuando dos pólizas cubren el mismo interés y el mismo riesgo, tenés que avisar a cada aseguradora de la otra, bajo pena de caducidad salvo pacto en contrario (art. 67). Entre las dos no pueden pagarte más que el daño sufrido (art. 68).