Si transformás un furgón o un utilitario en casa rodante, el vehículo cambia de tipo y eso se inscribe en el Registro del Automotor donde está radicado. Antes de comprar materiales conviene resolver cuatro cosas: si la obra entra en la definición de casa rodante, quién va a firmar que es segura, cuánto peso le queda al vehículo y qué licencia vas a necesitar. Las reglas son nacionales: el Digesto de la DNRPA para el Registro y la Ley de Tránsito 24.449 con su reglamentación para circular, donde la provincia esté adherida.
Qué es una casa rodante motorizada para la norma
El Anexo A del Decreto 779/1995 define la casa rodante (motor home) como un vehículo de categoría M con una zona habitable que tiene, como mínimo:
- asientos y mesa;
- camas, que pueden armarse con los asientos;
- cocina;
- armarios.
Todo ese equipamiento tiene que estar firmemente sujeto. Sólo la mesa puede ser fácil de sacar. El mismo anexo la incluye entre los vehículos de propósito especial, los que necesitan disposiciones especiales de carrocería o equipo.
Un furgón con un colchón y una caja no cumple esa definición. Si tu idea es equipar el utilitario sin cocina ni muebles fijos, el vehículo sigue siendo lo que dice su cédula, y la carga que agregues se maneja como en equipar un utilitario.
El trámite en el Registro
El Digesto de la DNRPA llama cambio de tipo de carrocería a una modificación sustancial de la carrocería sin reemplazarla, con los mismos números de motor y chasis (Título II, Capítulo III, Sección 2ª, artículo 6). La página oficial del trámite pone como ejemplo agregarle ventanas a una furgoneta. Se puede hacer también en un vehículo de casco autoportante (artículo 8).
Para inscribirlo presentás:
- Solicitud Tipo TP o 04, título y, al retirar el trámite, la cédula;
- formulario 12 de verificación física;
- una foto del vehículo modificado visada por quien hizo la verificación;
- facturas de las piezas agregadas;
- un informe técnico de un ingeniero mecánico, legalizado por su colegio profesional, que diga que el vehículo cumple las condiciones de seguridad activa y pasiva para circular, o la VTV de tu jurisdicción, si existe, que muestre los cambios (artículo 18).
El Registro anota en el título «Automotor modificado por» y el nuevo tipo, y emite una cédula nueva. Si hay prenda, necesitás la conformidad del acreedor. El paso a paso y los casos especiales están en cambio de motor o de carrocería.
Si comprás un motorhome ya convertido, pedí que el título y la cédula digan el tipo actual. Cuando el legajo del Registro muestra un tipo distinto del que figura en esos documentos, no se inscribe ningún trámite, tampoco la transferencia, hasta actualizarlo (artículo 16).
Quién hace y certifica el trabajo
La reglamentación de la Ley de Tránsito considera modificación todo trabajo que cambie las especificaciones del fabricante. Cuando se toca la carrocería, el chasis o los sistemas de seguridad, el taller tiene que emitir una certificación firmada por un profesional con título e incumbencia (Decreto 779/1995, Anexo 1, artículo 35). Si vas a hacer parte de la obra por tu cuenta, hablá antes con el ingeniero que va a firmar el informe del artículo 18: él tiene que poder revisar cómo quedaron fijados los muebles, los tanques y las instalaciones. Qué comprobante te tiene que dar el taller está en modificar el auto.
Peso, licencia y velocidad
Muebles, tanques de agua, baterías y revestimientos se descuentan de la carga útil del utilitario. El peso total del vehículo cargado, con pasajeros, agua y equipaje, no puede superar el que fija el fabricante.
Ese peso total también define la licencia. Según el artículo 16 de la reglamentación, la clase B.1 habilita casas rodantes motorizadas de hasta 3.500 kg. Por encima de ese peso corresponde la clase C.1, y más arriba la C.2 o la C.3. Las diferencias están en licencia B.1 o B.2 y licencia C.1, C.2 o C.3.
En zona rural, la casa rodante motorizada tiene un máximo de 90 km/h, el mismo que microbuses y ómnibus (Ley 24.449, artículo 51). La casa rodante remolcada tiene otro límite, explicado en velocidad máxima con casa rodante. Como cualquier vehículo, tiene que llevar matafuego y balizas portátiles normalizados (artículo 40); el tipo de matafuego está en qué matafuego lleva cada vehículo.
Gas: quién evalúa la instalación
No hay un régimen nacional específico para la instalación de gas de una casa rodante motorizada. Su seguridad entra en el informe del ingeniero mecánico del artículo 18 y en la certificación del taller. Pedile a ese profesional que el informe nombre la instalación de gas, dónde va el envase, cómo se ventila ese lugar y qué artefactos alimenta.
Para comparar, las casas rodantes remolcadas de categoría O1 no pueden tener instalación fija de gas: el modelo de informe técnico de la ANSV lo exige para emitir su certificado. Esa regla es para remolques O1, no para un vehículo motorizado.
La cocina forma parte del equipamiento mínimo de un motor home según el Anexo A. La norma no exige que sea a gas.
Electricidad: qué documentación pedir
Para las casas rodantes remolcadas, la reglamentación pide que la alimentación eléctrica de la vivienda sea independiente de la que usan las luces y la señalización del vehículo, y que los materiales interiores cumplan la normativa de inflamabilidad de los automotores (artículo 29, inciso G, del Anexo 1). Si además tienen instalación eléctrica fija y son O1, la ANSV exige una memoria técnica firmada por un ingeniero matriculado con incumbencia en la materia.
Esas reglas no nombran a las motorizadas, y para un motorhome no hay un formulario equivalente. Igual conviene separar los consumos de la vivienda del circuito de luces del utilitario y pedirle la memoria técnica al profesional que hace la instalación. Ese documento sirve después para el ingeniero del informe, la VTV y la aseguradora. Qué se revisa en una casa rodante usada, incluidas las instalaciones, está en comprar una casa rodante usada.
El seguro
Cambiar el tipo de vehículo y sumarle equipamiento agrava el riesgo que la aseguradora calculó al contratar. El artículo 38 de la Ley de Seguros 17.418 obliga a avisar antes esos cambios, y los accesorios que no vienen de fábrica sólo están cubiertos si figuran en la póliza con su valor. Cómo pedir el endoso está en cambios en el seguro del auto.