En la Ciudad de Buenos Aires, para hacer reparto de comida o mensajería en moto o bicicleta tenés que estar habilitado en el RUTRAMUR, el Registro Único de Transporte de Mensajería Urbana y/o Reparto a Domicilio de Sustancias Alimenticias. Lo exige el Título XIII del Código de Tránsito y Transporte porteño, reformado por la Ley 6.314, y alcanza tanto a quien trabaja por su cuenta como a quien toma pedidos de una aplicación o de una empresa de mensajería. Las apps y las empresas también se inscriben y no pueden darte pedidos si tu habilitación no está vigente (art. 13.7.1).
Fuera de la Ciudad, preguntá en tu municipio si tiene un registro propio. Tu relación con la plataforma, en todo el país, la regula la Ley 27.802: está explicada en derechos del conductor ante la app.
Quién no se inscribe
Los restaurantes y comercios cuya actividad principal no es el reparto, y sus empleados, están exceptuados del RUTRAMUR (art. 13.1.2). Según el Anexo I de la Resolución 778/SECTOP/21, el comercio informa la nómina de sus repartidores por declaración jurada, y el empleado circula con su recibo de sueldo o la constancia de alta temprana. Las reglas sanitarias para llevar comida están en delivery de comida.
Requisitos para repartir en moto
El manual oficial del RUTRAMUR para motovehículos enumera lo que se pide para el alta:
- domicilio en la Ciudad o un correo electrónico como domicilio;
- constancia de inscripción en ARCA (ex AFIP);
- el curso de seguridad vial aprobado;
- licencia de conducir clase A con la subclase que corresponde a la moto;
- ser titular de la moto o estar autorizado a usarla;
- el último pago de la patente;
- seguro de responsabilidad civil contra terceros.
Si trabajás como mensajero independiente, sin una empresa ni una app detrás, sumás un seguro de accidentes personales, casco homologado y ropa con bandas reflectivas. Podés registrar hasta tres vehículos a tu nombre (art. 13.2.5.1.4).
Después del alta, la Ciudad te cita a una verificación técnica específica para la actividad, distinta de la VTV común, que se hace en la planta de Av. Roca 4590 y se repite cada año (art. 13.6.1). Mientras completás el trámite tenés una habilitación provisoria de 15 días; si a los 120 días no lo terminaste, se da de baja y empezás de nuevo (Resolución 778/SECTOP/21).
Para repartir en bicicleta, lo informás al inscribirte (art. 13.2.1). El curso es distinto y, si después pasás a moto, tenés que hacer el curso de moto y presentar la documentación del vehículo.
El curso
El curso dura al menos cuatro horas y lo dictan las empresas, las aplicaciones o capacitadores autorizados por la Ciudad. Para anotarte en el de moto necesitás la licencia vigente. Se aprueba con el 80% de respuestas correctas; si no llegás, tenés otra oportunidad dentro de 15 días hábiles y, si volvés a desaprobar, repetís el curso. El certificado vale dos años, y tenés hasta 120 días corridos desde que iniciaste la habilitación para presentarlo (Resolución 778/SECTOP/21). La capacitación no te la pueden cobrar (art. 13.3.1).
Lo que pone la app o la empresa
Las plataformas y empresas de reparto tienen que entregarte el casco y la ropa reflectiva una vez y sin costo; el calzado lo ponés vos (art. 13.3.2 y Resolución 778/SECTOP/21). También tienen que proveer los seguros mientras estás disponible para trabajar (art. 13.8.1):
- ART y seguro de vida obligatorio, si estás en relación de dependencia;
- responsabilidad civil por lesiones, muerte o daños a terceros;
- accidentes personales: muerte, incapacidad, asistencia médica y sepelio.
Si la moto es tuya y la usás para trabajar, avisale a tu aseguradora el uso comercial: seguro de reparto y cláusulas por actividad.
Identificación y portaobjetos
Con la habilitación recibís un número de seis caracteres que empieza con M (mensajería) o D (reparto de comida). Lo imprimís en lámina reflectiva y lo llevás a la vista en al menos uno de estos lugares: la parte de atrás de la caja, la espalda de la ropa o la parte de atrás del casco (Resolución 778/SECTOP/21). En la calle te pueden pedir la constancia de habilitación y el comprobante de los seguros (art. 13.3.4).
En la moto, la carga va detrás tuyo y nunca sobre el tanque. Una caja trasera puede medir hasta 50 × 50 × 50 cm y no puede alargar la moto más de 20 cm. Las alforjas van sujetas a sus anclajes, sin pasar el eje de la rueda. Cómo montar el baúl está en cajón o baúl de delivery.
Prohibiciones
Durante el servicio no podés llevar acompañante ni leer o mandar mensajes, ni hacer o atender llamadas mientras manejás. La app no puede premiarte ni castigarte de una forma que empuje a ir rápido o a cometer infracciones, ni mandarte notificaciones durante una entrega salvo cambios de destino o cancelaciones (art. 13.7.1).
Renovación y sanciones
La habilitación del repartidor dura dos años, es personal y no se transfiere. Si cambia algún dato, tenés 10 días hábiles para avisarlo (arts. 13.2.3 y 13.2.4). Para renovar se pide el libre deuda de infracciones de tránsito, el curso vigente y la verificación técnica aprobada. Con una sanción pendiente no podés renovar (art. 13.10.1).
Las faltas del repartidor se gradúan así (art. 13.10.3):
- Leves: infracciones de tránsito durante el servicio o no llevar la identificación.
- Graves: habilitación vencida hasta 60 días, o trabajar sin los elementos de seguridad o sin respetar las prohibiciones.
- Muy graves: habilitación vencida hace más de 60 días o trabajar sin seguros vigentes.
Las sanciones van del apercibimiento a la suspensión por hasta 30 días o la baja. Quien reparte sin habilitación puede quedar un año sin poder obtenerla (art. 13.10.2).