Si manejás con Uber, Cabify, DiDi u otra app de viajes, tu relación con la empresa se rige en todo el país por el Título XII de la Ley 27.802, publicada el 6 de marzo de 2026. La ley te trata como prestador independiente, no como empleado. Te reconoce derechos concretos frente a la plataforma: que te expliquen una suspensión, rechazar viajes sin dar motivos, cobrar el total de las propinas y llevarte tus datos. En lo que la ley no prevé, se aplica el Código Civil y Comercial (art. 128).
El Decreto 407/2026 designó a la Secretaría de Transporte como autoridad de aplicación. Al 28 de octubre de 2026 no hay una reglamentación que fije plazos o procedimientos para estos derechos.
Lo que pide cada app para darte de alta y lo que exige tu ciudad está en manejar con Uber, Cabify o DiDi. La diferencia con un chofer en relación de dependencia está en chofer empleado, fletero o de plataforma.
Los términos y condiciones, y sus cambios
El artículo 123 de la ley deja que las partes acuerden libremente el contrato. En la práctica, aceptás términos que redactó la empresa, sin negociarlos. Eso es un contrato por adhesión, y el Código Civil y Comercial le pone límites:
- Las cláusulas tienen que ser claras, completas y legibles. Las que remiten a documentos que no te dieron antes de aceptar, o al mismo tiempo, se tienen por no convenidas. La regla vale también para contratos electrónicos (art. 985).
- Si una cláusula es ambigua, se interpreta en contra de quien la redactó (art. 987).
- Se tienen por no escritas las cláusulas que desnaturalizan las obligaciones de la empresa, restringen tus derechos o amplían los de ella más allá de lo que dicen las normas, o que por su contenido o presentación no eran razonablemente previsibles (art. 988).
La ley no fija un preaviso para modificar los términos. Cada vez que la app te pida aceptar una versión nueva, guardá una copia con la fecha. Si después discutís una suspensión, un descuento o un cambio en la forma de pago, vas a necesitar el texto que regía cuando pasó.
Lo que cobrás: tarifa, comisión y propinas
Cobrás del pasajero a través de la plataforma, en la cuenta bancaria o billetera virtual cuya CBU o CVU le informaste (arts. 125 y 126). La ley nacional no fija la tarifa ni el porcentaje que retiene la empresa: quedan librados al contrato.
Lo que sí fija:
- Propinas. Te corresponde el 100% de lo que el pasajero agregue como propina. La app puede sugerir un monto, pero el pasajero tiene que poder cambiarlo (art. 126, inc. 7).
- Información antes de aceptar. La plataforma tiene que darte la información necesaria para decidir si aceptás o rechazás cada viaje (art. 124, inc. 1). La ley no detalla qué datos son.
Algunas ciudades agregan reglas propias. En Córdoba capital, la Ordenanza 13.549 establece que el viaje no puede costar menos que el boleto de colectivo urbano y que el valor dinámico se informa al pasajero al pedirlo (art. 8). En Mendoza, la Ley 9086 dice que el precio lo fija la empresa y lo acepta el usuario (art. 57).
Cómo pasar de lo que te liquida la app a una ganancia neta por hora y por kilómetro: cuánto te queda manejando con apps.
Conectarte, rechazar viajes y elegir la ruta
El artículo 126 te permite:
- rechazar cualquier pedido sin justificarlo;
- registrarte sin obligación de conectarte ni de aceptar viajes, y conectarte sin una frecuencia mínima;
- desconectarte sin avisar, aunque respondés ante el pasajero si dejás un viaje aceptado a medias;
- trabajar las horas que quieras, dentro del área de cobertura de la app;
- elegir el recorrido, con la ruta de la app o con otro navegador, mientras no perjudiques al pasajero.
También tenés derecho a conocer los criterios con que la plataforma agrupa a sus conductores, explicados en lenguaje claro y disponibles en forma digital, con el límite del secreto comercial (art. 121).
Las horas tienen un tope local en dos jurisdicciones. En Córdoba capital no podés superar 12 horas fraccionadas por día (Ordenanza 13.549, art. 12). En Mendoza, la empresa no puede despacharte viajes durante más de 8 horas corridas ni más de 12 fraccionadas en el día (Ley 9086, art. 60).
Si la app te suspende o te bloquea la cuenta
Cuando la plataforma te suspende o te impide, total o parcialmente, usar la app, tenés derecho a que te explique los motivos. También a hablar con operadores y a ejercer tu derecho a réplica (art. 126, inc. 2). La empresa tiene que tener instancias de atención con personas donde puedas obtener la justificación de cualquier decisión que afecte tu trabajo (art. 124, inc. 6).
La ley no fija plazos ni un procedimiento para esa revisión. Para dejar constancia:
- Pedí el motivo por escrito desde el soporte de la app y guardá la respuesta.
- Hacé capturas del aviso de suspensión, con fecha y hora, y del historial de viajes de esos días.
- Contestá con tu versión y adjuntá lo que la respalde: documentos vigentes, recibos, mensajes con el pasajero.
- Si la suspensión se debe a un documento vencido o rechazado, actualizalo antes de responder.
En Mendoza, la ley obliga a la empresa a dar de baja al conductor que no alcance la calificación mínima que ella misma fija (Ley 9086, art. 66). Si trabajás ahí, pedí que te informen cuál es ese mínimo.
Tus datos personales y tu ubicación
La app registra tu ubicación, tus viajes, tus calificaciones y tus documentos. La Ley 25.326 te da estos derechos sobre esa información:
- Información previa. Al pedirte los datos, la empresa tiene que decirte para qué los usa, a quién se los puede pasar y quién es el responsable de la base (art. 6).
- Acceso. Podés pedir qué datos tuyos tiene. Debe contestarte dentro de los 10 días corridos (art. 14).
- Rectificación y supresión. Si un dato está mal o no corresponde que lo tengan, debe corregirlo o borrarlo en 5 días hábiles. No tiene que borrar lo que una norma le obliga a conservar (art. 16). En Mendoza, por ejemplo, la empresa tiene que entregar a la autoridad los recorridos de cada vehículo cuando se los pide (Ley 9086, art. 60, inc. g).
- Portabilidad. La Ley 27.802 agrega que podés pedir tus datos en un formato estructurado y de uso común, para llevarlos a otra app (art. 126, inc. 3).
Hacé el pedido por un medio que deje constancia de la fecha de recepción. Si vencen los plazos sin respuesta, o si la respuesta es parcial, podés denunciar el incumplimiento ante la AAIP. El trámite no tiene costo y se hace en Trámites a Distancia con clave fiscal nivel 2. Adjuntás tu pedido con la constancia de recepción y lo que te haya contestado la empresa.
Seguridad vial, capacitación y seguro
La plataforma tiene que darte, por medios digitales, información sobre las normas de tránsito y la prestación del servicio, y facilitarte el acceso a los elementos de seguridad que correspondan a tu vehículo (art. 124). También tiene que ofrecerte sin costo una capacitación sobre el uso de la app y otra sobre seguridad vial (art. 126, incs. 4 y 5).
La ley prevé un seguro de accidentes personales provisto por la plataforma, que cubra muerte, incapacidad, gastos médicos y de sepelio. Quién lo paga queda librado al acuerdo entre las partes (art. 126, inc. 6). Ese seguro cubre tus lesiones. Los daños que causes a pasajeros o a terceros van por otro seguro: seguro del auto para Uber, Cabify o DiDi.