Cuando contratás el seguro del auto a través de un productor asesor, él recibe tu propuesta y la aseguradora decide si la acepta y en qué condiciones. La póliza la emite la compañía, que debe entregártela en un plazo máximo de 15 días corridos. Si pagás por medio del productor, pedí el recibo de la aseguradora. Estas reglas son nacionales y salen de la Ley 17.418 de Seguros, la Ley 22.400 y el Reglamento General de la Actividad Aseguradora de la SSN.
La propuesta
La propuesta es el pedido que firmás o enviás con los datos del vehículo, el uso, el titular, la cobertura elegida y la forma de pago. El artículo 53 de la Ley 17.418 autoriza al productor a recibirla, no a celebrar el contrato. Por eso una cotización aceptada por WhatsApp todavía no te asegura: falta que la compañía la acepte.
Antes de enviarla, revisá que los datos sean exactos. Una declaración falsa o una reticencia sobre el estado del riesgo puede anular el contrato según el artículo 5. Guardá una copia de lo que enviaste con la fecha. El artículo 14 te da derecho a pedir copia de las declaraciones que hiciste para contratar.
Si en el mismo trámite te piden fotos del auto o una inspección, cumplí el pedido y preguntá por escrito si la cobertura de daños propios o robo empieza antes o después de esa revisión. La respuesta tiene que coincidir con la fecha que después figure en la póliza.
Cuándo empieza la cobertura
El contrato de seguro es consensual: los derechos y obligaciones empiezan cuando se celebra, aunque la póliza todavía no esté emitida (artículo 4). Lo que importa es poder probar que la aseguradora aceptó. Pedí una confirmación de la compañía, no sólo del productor, que indique:
- número de póliza o de certificado provisorio;
- razón social de la aseguradora;
- dominio del vehículo;
- coberturas contratadas;
- fecha y hora de inicio.
Salvo pacto en contrario, la responsabilidad de la aseguradora empieza a las 12 del día de inicio y termina a las 12 del último día del plazo (artículo 18). Si dejás otro seguro, no lo des de baja hasta tener esa confirmación. La nota sobre cambiar de seguro sin cortes muestra el orden.
La póliza y la documentación
El punto 25.2.1 del reglamento hace responsable a la aseguradora de entregarte o poner a tu disposición la póliza, los endosos y demás documentación dentro de los 15 días corridos desde que se celebró el contrato. El productor puede ser quien te la entregue (artículo 53 de la ley), pero el plazo corre para la compañía.
Al recibirla, revisá:
- que la aseguradora, el tomador y el asegurado sean los que esperabas;
- que figuren el nombre, la matrícula y un contacto del productor, como exige el punto 25.1.2;
- que las condiciones particulares desglosen el premio en prima, gastos, recargos e impuestos.
Compará todo con la propuesta. Si algo cambió, tenés un mes desde que recibís la póliza para reclamar cuando el frente trae la advertencia destacada del artículo 12. Los pasos están en póliza distinta de la propuesta, y la lectura del frente y las cláusulas, en cómo leer la póliza.
El pago
El tomador es quien debe pagar la prima (artículo 27). La prima se debe desde la celebración, pero sólo es exigible contra entrega de la póliza, salvo que se haya emitido un certificado provisorio de cobertura (artículo 30). Si la primera prima no se paga a tiempo, la aseguradora no responde por un siniestro ocurrido antes del pago (artículo 31).
Podés pagar directamente a la aseguradora por los medios que indique la póliza o la factura. Si pagás al productor:
- el artículo 53 de la Ley 17.418 le permite aceptar el pago sólo si tiene un recibo de la aseguradora;
- la Ley 22.400 (artículo 10) le permite cobrar si la compañía lo autorizó, y si no lo autorizó, lo obliga a girarle el dinero en 72 horas como máximo;
- la Resolución SSN 40.541/2017 y sus complementarias fijan los medios por los que productores, sociedades de productores y agentes institorios pueden cobrar premios, y cada cobro queda anotado en su registro de cobranzas.
Pedí el recibo emitido a nombre de la aseguradora, con número de póliza, período y monto. Una transferencia a una cuenta personal sin ese recibo no te permite demostrar que pagaste a la compañía. Si el pago es por débito automático o tarjeta, verificá en el resumen que el cobro figure a nombre de la aseguradora o del medio de cobro que ella indicó.
Cuando el seguro lo vende una concesionaria o una entidad financiera como agente institorio, el importe del seguro tiene que figurar separado de cualquier otro concepto en la factura, según el punto 26.1.13 del reglamento. La diferencia entre esa figura y el productor está explicada en productor, agente institorio o broker.
Qué guardar
Armá una carpeta con la propuesta enviada, la confirmación de la aseguradora, la póliza completa, cada recibo y los mensajes con el productor. Si tenés que reclamar ante la compañía, el Servicio de Atención al Asegurado te va a pedir esos documentos.