En Argentina, el seguro del auto lo emite siempre una aseguradora autorizada por la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN). Quien te lo vende puede ser un productor asesor de seguros (PAS), una sociedad de productores o un agente institorio, y cada figura tiene facultades distintas. «Broker» es un nombre comercial: para el seguro de tu auto, la ley no lo define como una categoría propia. La regla es nacional y la fija la Ley 22.400 junto con la Ley 17.418 de Seguros.

La aseguradora asume el riesgo

La SSN describe a las compañías de seguros como las únicas entidades que autoriza para celebrar contratos de seguro (actores del mercado asegurador). Su razón social tiene que figurar en la póliza, y es la que pagaría un siniestro cubierto. Antes de contratar, verificá la aseguradora por separado del intermediario.

Productor asesor de seguros

El PAS es una persona humana inscripta en el registro de la SSN que intermedia y asesora (artículos 1 a 4 de la Ley 22.400). Sin matrícula no puede cobrar comisión por colocar seguros (artículo 7). Podés comprobarla con la consulta de productores.

El artículo 10 de la ley le asigna, entre otras, estas tareas:

  • asesorarte sobre la cobertura más adecuada e informar a la aseguradora las condiciones del riesgo;
  • explicarte las cláusulas y verificar que la póliza contenga lo que decidiste cubrir;
  • asesorarte durante la vigencia sobre tus derechos, cargas y obligaciones, en particular ante un siniestro;
  • cobrar la prima sólo si la aseguradora lo autorizó; si no lo autorizó y recibe dinero, debe entregarlo a la compañía en 72 horas como máximo.

El artículo 53 de la Ley 17.418 limita lo que puede hacer frente a vos en nombre de la compañía: recibir propuestas de contratación o modificación, entregar los documentos que emite la aseguradora y aceptar el pago de la prima si tiene un recibo de la aseguradora. No celebra el contrato.

Sociedad de productores

Varios productores pueden formar una sociedad con el objeto exclusivo de intermediar seguros. Debe actuar por medio de productores matriculados, con al menos cuatro socios inscriptos (o todos, si son menos), y figurar en un registro especial (artículos 20 y 21 de la Ley 22.400). Frente a vos cumple el mismo papel de intermediario que un PAS. Si te atiende una sociedad, pedí también el nombre y la matrícula del productor que lleva tu póliza.

Agente institorio

Es una empresa de otro rubro a la que la aseguradora le da un mandato para vender sus seguros. El Reglamento General de la Actividad Aseguradora, en su punto 26.1.13, lo admite cuando el contrato obliga a aplicar la tarifa aprobada, mostrar el importe del seguro separado de otros conceptos e identificar a la aseguradora.

Una concesionaria o una entidad financiera que te ofrece el seguro junto con el auto o el crédito puede estar actuando así. La Resolución SSN 38.052/2013 exige que sea una persona jurídica inscripta en el Registro de Agentes Institorios, con mandato por escritura pública. También le prohíbe condicionar la venta de un bien o servicio a que contrates el seguro. Si el seguro protege su propio interés en una venta financiada, tiene que ofrecerte al menos tres aseguradoras no vinculadas entre sí. Cada local debe exhibir un cartel con los planes autorizados, las aseguradoras que le dieron mandato y si está autorizado a cobrar.

La diferencia con el productor está en el artículo 54 de la Ley 17.418: el agente institorio actúa en nombre de la aseguradora, con las reglas del mandato. Si su mandato lo autoriza a celebrar seguros, también puede pactar modificaciones, recibir notificaciones y declarar rescisiones. Lo que sabe el agente cuenta como sabido por la aseguradora (artículo 55).

Si compraste un auto prendado o con plan de ahorro, revisá además cómo elegir la aseguradora en un auto prendado.

Broker y comparadores digitales

La SSN no incluye al «broker» entre los actores del seguro directo. El único intermediario parecido que menciona es el intermediario en reaseguros, que opera entre aseguradoras y reaseguradoras, no con quien asegura su auto.

Un sitio que cotiza varias compañías, una app o una oficina que se presenta como broker tiene que encuadrarse en alguna figura: productor, sociedad de productores, agente institorio o la propia aseguradora. Preguntá en qué carácter interviene, pedí la razón social y la matrícula o inscripción, y buscala en la consulta de sujetos habilitados de la SSN. Si en la póliza intervino un productor, el reglamento (punto 25.1.2) exige que figuren su nombre completo, su matrícula y un contacto.

Quién decide el siniestro

La aseguradora. El artículo 56 de la Ley 17.418 le da 30 días para pronunciarse sobre tu derecho desde que recibe la información complementaria que pidió; si no lo hace, se considera que aceptó.

En ese proceso pueden intervenir otras personas:

  • el productor te asesora y te ayuda con la denuncia, pero no acepta ni rechaza el reclamo;
  • el liquidador de siniestros investiga el hecho por encargo de la aseguradora, determina si la póliza lo cubre y propone un monto, pero quien se pronuncia ante vos es la compañía;
  • un agente institorio con facultades para recibir notificaciones puede recibir tu denuncia en nombre de la compañía.

Hacé la denuncia por un canal de la aseguradora aunque también le avises al productor, y guardá la constancia. Si la compañía no responde, la nota sobre plazos de la aseguradora explica cómo seguir.

Cómo cobra el intermediario

El productor cobra la comisión que acuerda con la aseguradora, salvo que la SSN fije máximos o mínimos (artículo 5 de la Ley 22.400). El derecho a esa comisión nace cuando la compañía cobra efectivamente la prima y se devuelve en proporción si la prima se reintegra (artículo 6).

El reglamento de la SSN (punto 26.1.8) incluye esas retribuciones en la tarifa y sólo permite pagarlas a quienes estén autorizados y hayan participado efectivamente en la operación. Las condiciones particulares de la póliza deben desglosar el premio en prima pura, gastos de producción y de explotación, recargos e impuestos (punto 25.1.2). Ahí ves cuánto del total corresponde a gastos de producción.

Si alguien te pide un pago aparte de la prima, preguntá qué servicio cubre y quién lo cobra, pedí un comprobante a nombre de quien lo recibe y comparalo con el desglose de la póliza.

Conflictos de interés que fija la ley

La Ley 22.400 impide ser productor a quienes trabajan del otro lado del contrato. No pueden actuar como PAS, entre otros, los liquidadores de siniestros, los directivos y empleados de aseguradoras y el personal de la SSN (artículo 8). Tampoco pueden actuar como productores los directores, gerentes y empleados de una institución respecto de los clientes de esa institución (artículo 9).

Preguntas para comparar intermediarios

Hacé las mismas preguntas a cada uno y pedí las respuestas por escrito:

  • ¿En qué carácter intervenís (PAS, sociedad de productores, agente institorio) y cuál es tu matrícula o inscripción?
  • ¿Con qué aseguradoras trabajás y cuál emitiría esta póliza?
  • ¿Estás autorizado por esa aseguradora a cobrar la prima? ¿Qué comprobante me entregás?
  • ¿Por qué canal hago la denuncia de un siniestro y qué hacés vos en ese momento?
  • ¿Cómo pido un endoso o una modificación y cómo sé que la aseguradora la recibió?
  • ¿La cotización incluye las mismas coberturas, sumas y franquicia que la de otra compañía?

Para comparar las coberturas entre sí, sirve la matriz de comparar cotizaciones equivalentes. Una vez elegido el intermediario, los pasos de la contratación están en propuesta, póliza y pago con un productor.