Un auto que ya no va a circular sigue inscripto a tu nombre hasta que pedís su baja en el Registro. Mientras tanto aparece en el informe de dominio y sigue generando patente. Para cerrarlo hay tres pasos que se hacen por separado: la baja registral ante la DNRPA, la baja del impuesto ante Rentas de tu jurisdicción y la entrega física del auto. Las reglas registrales son nacionales y están en el Título II, Capítulo III, Sección 5ª del Digesto de la DNRPA.

Si el auto quedó así por un choque o un incendio y tenés seguro, el circuito arranca con la aseguradora: está en destrucción total del auto: baja, desarme y seguro.

Qué baja te corresponde

El Digesto admite la baja definitiva por destrucción, siniestro, desarme, desgaste o envejecimiento, y también por exportación definitiva. Un auto dado de baja por cualquiera de esas causas no puede volver a inscribirse después como armado fuera de fábrica.

La elección depende de lo que va a pasar con las piezas:

  • Baja con recuperación de piezas. Corresponde si alguna autoparte se va a reutilizar o vender. El Digesto la exige en ese caso, y el artículo 2 de la Ley 25.761 obliga al titular que desarma su auto para aprovechar piezas a pedir la baja.
  • Baja definitiva sin recuperación de piezas. Se usa cuando no se aprovecha ninguna pieza regulada.

La baja temporal no sirve para un particular: el Digesto la reserva a los comerciantes habitualistas inscriptos que compraron el auto para revenderlo.

Pueden pedir la baja el titular (si hay varios, todos juntos) y quien compró el auto, si presenta al mismo tiempo el Formulario 08 completo para inscribir la transferencia a su nombre.

Baja con recuperación de piezas

Este trámite no lo iniciás en el Registro Seccional. Lo carga el desarmadero en el Registro Único Virtual de la DNRPA, de forma digital. El desarmadero tiene que estar inscripto en el Registro Único de Desarmaderos y Actividades Conexas (RUDAC) en la categoría A o B. Podés comprobarlo en la consulta de desarmaderos inscriptos de la DNRPA.

Según el Digesto, el desarmadero presenta:

  • copia digital del título, o los datos de la Constancia de Asignación de Título si es digital;
  • la cédula en papel, si se emitió, y las placas;
  • la denuncia policial o judicial si falta alguno de esos elementos;
  • cinco fotos del auto: frente, parte trasera, laterales y motor;
  • la conformidad del acreedor por telegrama colacionado o carta documento, si hay prenda;
  • la orden judicial que autorice la baja, si el auto o el titular tienen una medida judicial;
  • la lista de piezas recuperables, con su estado y numeración, y un informe de un ingeniero mecánico para las autopartes de seguridad.

Vos firmás el instrumento de petición que imprime el desarmadero. Si el auto es un bien ganancial, también firma tu cónyuge. El desarmadero verifica la identidad de los firmantes y guarda copia de los documentos durante diez años.

Si no hay observaciones, el Registro Único Virtual inscribe la baja, anula título, cédula y placas, y emite el Certificado de Baja y Desarme en forma digital. Te llega por correo electrónico con un código QR para validar que es auténtico. Las observaciones que no se corrigen en 15 días hábiles administrativos devuelven el trámite al Registro Seccional. Después el desarmadero destruye el título en papel, la cédula y las placas, y estampa los códigos identificatorios en las piezas que va a vender. Desde ese momento cualquiera puede consultarlas como piezas aptas en la página de la DNRPA.

Si el auto dado de baja va a circular hasta el desarmadero, lo hace con placas provisorias para ese trayecto. Cuánto duran y quién las retira está en placas provisorias de papel.

Baja definitiva sin recuperación de piezas

Se pide en el Registro Seccional donde está radicado el auto, con la Solicitud Tipo TP, TPM o 04. El Digesto pide:

  • el título del automotor;
  • la cédula, o la denuncia de su robo, hurto o extravío hecha en el Registro;
  • las placas, o una nota simple que denuncie su falta, firmada ante el encargado o certificada por escribano;
  • el asentimiento conyugal, si sos casado;
  • la conformidad del acreedor, con firma certificada, por telegrama colacionado o por carta documento, si hay prenda;
  • la orden judicial que autorice la baja, si hay un embargo, una inhibición u otra medida.

El Registro anula la cédula, retiene y destruye las placas, anota la baja y te entrega la Solicitud Tipo con la leyenda «BAJA DEL AUTOMOTOR». Guardala: es la que vas a presentar ante Rentas.

Cortar la patente

La baja registral no da de baja sola el impuesto. Cada jurisdicción tiene su procedimiento y su fecha de corte. Las reglas de Provincia y CABA están en alta y baja en el impuesto automotor.

En Provincia de Buenos Aires, ARBA aclara que la baja es un trámite exclusivo de la DNRPA y que se informa después en su sección de altas y bajas, con la opción para vehículos destruidos. En su pregunta frecuente sobre la baja, para destrucción total o desarme se pagan las cuotas vencidas y el proporcional de la siguiente hasta el día en que se pidió la baja. Esa respuesta no menciona la baja por desgaste o envejecimiento; si es tu caso, confirmá con ARBA hasta cuándo liquida.

Las multas y la deuda de patente anterior a la baja no se cancelan con el trámite. Revisalas antes con un libre deuda automotor.

Desarmar o vender el auto por partes sin trámite

La Ley 25.761 pena a quien desarma un auto para reutilizar sus piezas sin la autorización que da el Certificado de Baja y Desarme: multa, y prisión de 15 días a 3 meses si lo hace en forma habitual (artículo 13). Quien vende repuestos usados tiene que estar inscripto en el RUDAC y poner en la factura el número identificatorio de la pieza. Qué revisar si comprás una de esas piezas está en comprar un repuesto por redes sociales.

En CABA, la Ley 342 permite además entregar el auto para su descontaminación y compactación, con la baja registral. Las condiciones están en auto quieto en la calle y vehículo abandonado.