La clase E tiene dos subclases con usos muy distintos. E.1 habilita a manejar camiones u ómnibus con uno o más remolques o articulaciones: camión con acoplado, tractor con semirremolque, bitrén. E.2 habilita a manejar maquinaria especial no agrícola, como una retroexcavadora o una pala cargadora, cuando circula por la vía pública. Las dos están definidas en el artículo 16 del Anexo 1 del Decreto 779/1995 y valen para la Licencia Nacional de Conducir en todo el país.

E.1: remolques, semirremolques y articulados

La reglamentación define E.1 como vehículos automotores de clase C o D con uno o más remolques o articulaciones, e indica que incluye B.2. La Ley 24.449 ubica en la clase E a los camiones articulados o con acoplado.

ConjuntoSubclase
Camión sin acoplado de más de 3.500 kgC.1, C.2 o C.3 según el peso
Camión con acopladoE.1
Tractor con semirremolqueE.1
Bitrén (tractor con dos semirremolques)E.1
Ómnibus o vehículo de pasajeros con remolqueE.1
Auto o camioneta de hasta 3.500 kg con acoplado de hasta 750 kgB.2

La clase C excluye en forma expresa a los camiones con acoplado, semiacoplado o articulados, así que un conductor que pasa de un camión rígido a un semirremolque necesita ampliar a E.1 aunque tenga C.3. Los rangos de peso de la clase C están en licencia C.1, C.2 o C.3, y las configuraciones de acoplados y semirremolques, en camión con acoplado o semirremolque.

El texto de E.1 sólo menciona B.2 como clase incluida. Si también vas a manejar el camión sin el remolque, revisá que la licencia tenga la subclase C que corresponde. La Ciudad de Buenos Aires, por ejemplo, toma el examen de ampliación a E.1 con el camión y su acoplado o semiacoplado completos.

Casa rodante remolcada de más de 750 kg

La subclase B.2 cubre un auto o camioneta con un acoplado de hasta 750 kg o una casa rodante no motorizada. En la Ciudad de Buenos Aires, los remolques de más de 750 kg se tramitan en E.1, aunque sean de uso particular: el centro emisor pide que la cédula del acoplado indique el tipo “Casa Rodante” y uso privado, según sus requisitos para casas rodantes. Si vivís en otra jurisdicción, preguntá en tu centro emisor cómo encuadra ese caso.

E.2: maquinaria especial no agrícola

La Ley 24.449 define maquinaria especial como todo artefacto construido esencialmente para otros fines y capaz de transitar. E.2 cubre la que no es agrícola. Los centros emisores municipales usan como ejemplos las minicargadoras, palas excavadoras, retroexcavadoras, barredoras viales, compactadoras y autoelevadores, según el manual del centro emisor de Tunuyán, Mendoza.

La ley de tránsito regula el uso de la vía pública (artículo 1). La licencia E.2 corresponde cuando la máquina circula por calles o rutas. Cuando circula, la máquina tiene sus propias reglas, según el artículo 62 de la ley: de día, sin niebla, a no más de 30 km/h, a por lo menos cien metros del vehículo de adelante y sin adelantarse a otro en movimiento. Para entrar a una zona céntrica necesita autorización.

Los tractores y la maquinaria agrícola, como cosechadoras y pulverizadoras, no van en E.2 sino en la clase G, explicada en licencia G para tractores y maquinaria agrícola.

El examen práctico se rinde con la máquina. En la Ciudad de Buenos Aires, el de E.2 se hace en el lugar donde está la unidad o donde se hace la tarea habitual, con turno coordinado antes en forma presencial en la Sede Roca, según la página de ampliación de licencia.

Requisitos de E.1 y E.2

Las dos subclases son profesionales, así que valen las mismas condiciones que para C y D:

  • 21 años cumplidos (artículo 11 de la Ley 24.449), o 20 si aprobaste un curso regular para conductor profesional autorizado por el Poder Ejecutivo.
  • Licencia clase B desde al menos un año antes (artículo 20). Vale también para E.2, así que quien sólo quiere manejar una retroexcavadora necesita haber tenido licencia de auto antes.
  • Cursos y exámenes de cada clase. El artículo 20 del Anexo 1 aclara que una clase profesional no habilita las otras. Tener E.1 no da E.2.
  • Período de aprendiz la primera vez que se obtiene una licencia profesional.

La tabla de la Agencia Nacional de Seguridad Vial fija para E.1 y E.2 una vigencia máxima de 5 años entre los 21 y los 65, de 2 años entre los 66 y los 70, y de 1 año desde los 71. No se otorga licencia profesional por primera vez a mayores de 65 años.

Para transporte de cargas entre provincias, la licencia E.1 tiene que salir de un centro autorizado por la ANSV para esa modalidad. Lo que debe controlar una empresa antes de asignar un conjunto articulado está en licencia profesional C, D y E.