En Argentina, cada tipo de carga especial tiene su propia norma nacional y su autoridad: mercancías peligrosas, residuos peligrosos, alimentos, animales vivos, muestras biológicas y cargas que exceden pesos o dimensiones. Para saber cuál se aplica, hacen falta dos datos: qué es la carga y cómo viaja. Si el producto encaja en más de una categoría, se cumplen las dos.

Qué régimen corresponde a cada carga

Si la carga esNorma de baseQué exigePara profundizar
Mercancía peligrosa (tiene número ONU)Anexo S del Decreto 779/1995 y normas técnicas del Mercosur (Resolución 64/2022)Clasificación, embalaje, rótulos, declaración de carga, ficha de emergencia, conductor capacitadoIdentificar un químico
Residuo peligrosoLey 24.051 y SIMELTransportista inscripto, manifiesto por cada trasladoResiduos peligrosos y SIMEL
Producto de origen animalResolución SENASA 711/2022Habilitación SENASA del medio de transporteHabilitación SENASA para alimentos
Otro alimentoArtículo 154 bis del Código AlimentarioHabilitación de la autoridad sanitaria, válida un año en todo el paísQué autoridad revisar
Animales vivos o subproductos animalesResolución SENASA 723/2025Habilitación SENASA del vehículo, salvo las excepciones del anexo IIHabilitación para animales vivos
Muestra o sustancia infecciosaAnexo S y apartado 2.6.3 de la Resolución 64/2022Categoría A, B o muestra exenta, con su embalajeMuestras biológicas
Carga indivisible que excede pesos o dimensionesAnexo R del Decreto 779/1995Permiso de tránsito de Vialidad Nacional en rutas nacionalesCargas indivisibles y carretones

La página oficial del trámite de SENASA da como ejemplos de subproductos los cueros crudos, el estiércol, la cama de pollo, la lana, los huevos fértiles, el semen y los embriones. El anexo II de la Resolución 723/2025 exceptúa de la habilitación al vehículo que lleva, entre otros, animales de compañía o animales de bioterio.

El dato del producto: producto, residuo o alimento

La primera pregunta es para qué viaja la carga. Un solvente que va a una fábrica para usarse es un producto; el mismo solvente usado, rumbo a una planta de tratamiento, puede ser un residuo peligroso. La Ley 24.051 alcanza también a residuos que se aprovechan como insumo, así que el destino comercial no descarta el régimen ambiental.

Para una mercancía peligrosa, la clasificación la entrega el fabricante o el expedidor: número ONU, denominación, clase o división y grupo de embalaje. Para un alimento, el dato es el producto exacto y si es de origen animal, porque eso separa la habilitación de SENASA de la del Código Alimentario.

El dato del viaje: recorrido y vehículo

El recorrido cambia la autoridad. La Ley 24.051, artículo 1, aplica el régimen nacional a los residuos generados en lugares de jurisdicción nacional y a los que, ubicados en una provincia, se transportan fuera de ella. Un traslado dentro de una misma provincia puede quedar bajo la ley provincial.

El permiso de Vialidad Nacional cubre sólo la Red Vial Nacional; los tramos de rutas provinciales se gestionan ante la Vialidad de cada provincia. Si el viaje cruza a otro país del Mercosur, se suman las reglas del acuerdo regional y los controles de frontera.

La configuración del vehículo también cuenta. El artículo 15 del Anexo S no permite que una unidad cargada con mercancías peligrosas circule con más de un remolque o semirremolque, salvo los bitrenes aprobados por el Anexo R.

Cuando dos regímenes se cruzan

  • Residuo que además es mercancía peligrosa. Lleva el manifiesto de la Ley 24.051 y cumple la clasificación, los rótulos y los documentos del Anexo S.
  • Mercancía peligrosa y alimentos en la misma unidad. El artículo 17 del Anexo S prohíbe llevar mercancías peligrosas con riesgo de contaminación junto con alimentos, medicamentos u objetos para uso humano o animal.
  • Mercancía peligrosa y animales vivos. El mismo artículo 17 lo prohíbe con cualquier producto peligroso.
  • Carga indivisible que es mercancía peligrosa. Necesita el permiso de tránsito y las condiciones del Anexo S.

Los requisitos que impone un cliente para entrar a su planta, obra o mina son otra capa. Se acuerdan por contrato y no reemplazan a ninguno de estos regímenes; la matriz por cliente para obras y minas ayuda a separarlos.