SIGO relaciona la programación declarada con lo que cada colectivo y cada conductor hacen durante el servicio. El control incluye recorridos, paradas, horarios, dominio, kit SUBE, legajo, línea, ramal, sentido, apertura y cierre. Una diferencia sostenida entre esos datos puede convertirse en información oficial incorrecta para planificación y fiscalización.
La Resolución 42/2026 de la Secretaría de Transporte creó el Sistema Integral de Gestión Operativa y aprobó buenas prácticas obligatorias para los operadores alcanzados. La empresa necesita incorporarlas al predespacho, al centro de control y al cierre de cada turno.
Qué operadores están alcanzados
La resolución se aplica a servicios urbanos y suburbanos de jurisdicción nacional y a las jurisdicciones que adhieran. No corresponde trasladar automáticamente sus obligaciones a un servicio provincial o municipal que no esté incluido. Antes de diseñar el control, la empresa debe confirmar la jurisdicción del servicio y, fuera del ámbito nacional, la adhesión aplicable.
SIGO tampoco reemplaza la inscripción del prestador, la declaración del parque o las habilitaciones del conductor. Esos temas tienen su propio expediente en el Registro Nacional de Transporte Automotor de Pasajeros. Este artículo trata la operación diaria y la calidad de los datos que producen SIGO y SUBE.
Mantener actualizados recorridos, paradas y horarios
Los artículos 1, 3 y 5 indican que la información de SIGO y SUBE se utiliza para planificación y fiscalización. Los operadores y las jurisdicciones alcanzadas deben mantener actualizados recorridos, trayectos, paradas, horarios y demás parámetros operativos.
Planificación debería trabajar con una versión identificable de cada recorrido. Cuando cambia una cabecera, una parada o un horario, la actualización necesita vincularse con la autorización correspondiente, la fecha de vigencia y el dato cargado en los sistemas. Editar una planilla interna sin corregir el parámetro oficial mantiene dos operaciones distintas.
La conciliación diaria puede comparar:
- recorrido, ramal y sentido programados;
- paradas y cabeceras habilitadas;
- horario previsto;
- datos GTFS utilizados por el operador;
- viajes que efectivamente se ejecutaron;
- registros de GPS y SUBE;
- correcciones pendientes y su responsable.
Las contingencias reales pueden justificar diferencias. Un corte, un desvío autorizado o una unidad reemplazada necesitan quedar documentados para explicar el dato y actualizarlo cuando corresponda.
Asociar correctamente dominio y kit SUBE
El artículo 7 y el Anexo II exigen una asociación correcta entre el dominio de la unidad y el kit instalado. Esa relación debe revisarse cuando entra un vehículo, cambia el equipamiento, se reemplaza una validadora o una unidad deja de prestar servicio.
El predespacho debería mostrar qué dominio está vinculado con cada kit y el último control realizado. Si el equipo pertenece a otra unidad o no figura operativo, el vehículo no debería comenzar el servicio hasta corregir la asociación o aplicar el procedimiento autorizado.
Esta validación se suma a la revisión técnica, el seguro y el resto del legajo. La gestión de flotas debe reunir las alertas sin confundirlas: una RTO vigente no corrige un kit mal asociado y una vinculación correcta en SIGO no habilita un vehículo con documentación vencida.
Registrar al conductor y al servicio real
El conductor debe registrar inicio y cierre del turno y del servicio, con su legajo, línea, ramal y sentido. Las aperturas y cierres se realizan en las cabeceras autorizadas según las reglas del sistema.
Despacho puede reducir errores si valida esos datos antes de liberar la unidad. La asignación interna debería coincidir con el legajo que inicia sesión y con la licencia profesional vigente. Una cuenta prestada o un turno que quedó abierto rompe el vínculo entre persona, vehículo y viaje.
El centro de control necesita alertas para casos concretos:
- legajo distinto del conductor asignado;
- inicio sin línea, ramal o sentido correctos;
- apertura o cierre fuera de una cabecera habilitada;
- servicio abierto después del fin del turno;
- recorrido incompatible con el parámetro declarado;
- cambio de unidad sin nueva asociación de dominio y kit.
Cada alerta requiere una investigación breve y un cierre registrado. Corregir el dato sin conservar la causa impide detectar fallas repetidas de capacitación, configuración o procedimiento.
Qué hacer ante una falla de la validadora
El Anexo II exige mantener operativa la validadora y reportar de inmediato sus fallas. La empresa debería abrir un incidente con unidad, kit, hora, síntoma, servicio afectado y canal de reporte. También tiene que registrar la medida tomada y el momento de normalización.
Un aviso verbal al terminar el turno no permite saber cuánto tiempo operó el vehículo con la falla ni qué servicios quedaron afectados. El conductor necesita un canal definido y el centro de control debe poder vincular el ticket técnico con los registros del viaje.
Cuando se reemplaza el equipo, vuelve a comprobarse la asociación con el dominio. El cierre técnico y el cierre operativo son pasos separados: mantenimiento confirma que el dispositivo funciona y operaciones confirma que SIGO recibe la identidad correcta.
Informar cambios autorizados
La resolución también regula la comunicación de cambios operativos autorizados. El operador debe informar a los usuarios con cinco días corridos de anticipación y mantener la comunicación durante al menos treinta días, además de realizar la notificación por Trámites a Distancia prevista en el régimen.
El expediente del cambio debería contener la autorización, el parámetro anterior, el nuevo, la fecha efectiva, la presentación por TAD y evidencia de los avisos. La empresa debe verificar las instrucciones vigentes antes de ejecutar cada modificación, en especial si el organismo actualiza canales o formatos.
Una contingencia del día no debe registrarse como si fuera una modificación permanente. Operaciones documenta el desvío temporal; planificación gestiona el cambio estable por el procedimiento correspondiente.
Capacitación y control periódico
Conductores y supervisores necesitan capacitación periódica sobre inicio y cierre, asociación de servicio, operación de la validadora y reporte de incidencias. El registro debería identificar contenido, fecha, persona, rol y evaluación realizada.
La capacitación no sustituye el control del sistema. Una revisión mensual puede buscar turnos abiertos, cierres fuera de cabecera, kits asociados a dominios equivocados, viajes no conciliados y tickets de validadora sin resolución. Las recurrencias muestran dónde corregir configuración, instrucciones o supervisión.
La lista electrónica de pasajeros pertenece a otro régimen y a otra clase de servicio. No debe usarse como prueba de que un recorrido urbano quedó bien registrado en SIGO.
Evidencia por turno y por cambio
Por cada turno conviene conservar dominio, kit, conductor, línea, ramal, sentido, cabeceras, horas de inicio y cierre e incidentes. Por cada cambio estable, guardar autorización, actualización técnica, aviso a usuarios y presentación oficial.
La conciliación termina cuando la programación, el servicio ejecutado y los datos recibidos por SIGO y SUBE cuentan la misma operación o explican con evidencia por qué difieren.