En un plan de ahorro por grupo cerrado, la cuota pura (también llamada alícuota) es la parte de la cuota que va al fondo del grupo para comprar los autos: el valor móvil del auto dividido por la cantidad de meses del plan. La cuota que pagás cada mes suma a eso la carga administrativa de la administradora, el seguro de vida colectivo y, en algunos contratos, una cuota de gastos de entrega. Las reglas son nacionales: las fija la Inspección General de Justicia (IGJ) en la Resolución General 8/2015, y los porcentajes exactos están en tu contrato.

Qué es cada concepto del cupón

La RG 8/2015 obliga a la administradora a registrar por separado, en cada contrato, el monto de la cuota pura, el de las cargas administrativas, el de los seguros y la cuota comercial. Para la IGJ, la cuota comercial es la suma de la cuota pura y la carga administrativa (artículo 14.3).

ConceptoQué esCuándo se paga
Cuota pura o alícuotaValor móvil del auto dividido por los meses del plan. Forma el fondo con el que se compran los autos del grupoTodos los meses
Carga o gastos administrativosPorcentaje que cobra la administradora por formar y administrar el grupoTodos los meses
Seguro de vida colectivoCubre las cuotas pendientes si el suscriptor muere, según la póliza, cuando el plan lo prevéTodos los meses
Cuota pura de gastos de entregaAdelanto de los gastos de entrega, si el contrato lo ofrece y lo elegisteTodos los meses
Derecho de suscripciónCargo por entrar al planUna vez, al firmar o en cuotas
Derecho de adjudicaciónCargo por recibir el auto adjudicadoUna vez, antes de la entrega

Un ejemplo de contrato

Las condiciones generales de Plan Rombo, la administradora de Renault, definen la cuota pura como el valor básico reajustable vigente a la fecha de pago dividido por los meses del plan. En su plan de 84 meses, la cuota pura es el 1,190 % del valor básico y los gastos de administración el 0,119 %, un total de 1,309 % antes de sumar el seguro de vida y, si se eligió, la cuota de gastos de entrega. El derecho de suscripción es el 3 % del valor del auto y el derecho de adjudicación el 1,5 %. Ese contrato aclara que el derecho de suscripción, el de adjudicación y los gastos de administración no se imputan al precio del auto: son la retribución de la administradora.

Otras administradoras usan otros porcentajes y otros nombres. Comparalos con los de la solicitud que firmaste.

Cómo se mueve el valor móvil

El valor móvil es el precio vigente del auto que sirve de base al grupo (el bien tipo). Por eso la cuota no tiene interés pero cambia cuando cambia el precio. La RG 8/2015 pone estos límites:

  • Qué precio se toma. El precio del auto debe ser el de venta al público sugerido por el fabricante (artículo 32.1). Si el fabricante da bonificaciones o descuentos a su red de concesionarios, deben trasladarse al precio del bien tipo para calcular la cuota pura (artículo 32.2).
  • Control mensual. La administradora presenta a la IGJ, con carácter de declaración jurada y dentro de los primeros 10 días de cada mes, los precios de los autos y sus cambios del mes anterior (artículo 16.2).
  • Sin ajustes hacia atrás. No se puede cobrar la diferencia de precio entre la fecha de emisión de la cuota y su vencimiento o pago en término, ni por complementos, débitos ni compensaciones (artículo 28.1).
  • Comunicación pactada. Es abusiva la cláusula que deja a la administradora elegir cómo comunicar el valor móvil (artículo 1.3.1, inciso l).

En el contrato de Plan Rombo, el talón mensual informa el valor móvil del auto tipo junto con el número de cuota, el importe y el vencimiento.

Qué tiene que publicar la administradora

El artículo 4.4 de la RG 8/2015 exige que cada administradora tenga una página web de acceso libre con, entre otros datos:

  • la cuota pura de ahorro y la de amortización de cada plan, como porcentaje del valor móvil;
  • la carga administrativa, como porcentaje de la cuota pura;
  • el derecho de suscripción y el derecho de adjudicación, con su porcentaje y momento de pago;
  • los precios de los autos que comunicó a la IGJ;
  • los valores máximos de gastos de entrega comunicados a la IGJ;
  • las entidades donde se pagan las cuotas y qué conceptos, si alguno, se pagan en el concesionario.

Para confirmar que la administradora está autorizada, buscala en el listado de sociedades de ahorro por círculo cerrado de la IGJ.

Si adelantás cuotas

La administradora tiene que aceptar el pago anticipado de cuotas, tanto en el período de ahorro como después de la adjudicación. En ese caso, cada cuota adelantada se paga sólo por el valor de la cuota pura vigente en el grupo el día del pago (artículo 24). Si tu contrato incluye una cuota de gastos de entrega, revisá si también te pide cancelarla al adelantar: el de Plan Rombo lo exige.

Lo que no entra en la cuota

  • Gastos de entrega. Flete, seguro del traslado, prenda, patentamiento y estadía tienen un tope comunicado a la IGJ y se fijan en una cláusula aparte. El detalle está en qué hace la administradora y qué hace el concesionario.
  • Seguro del auto adjudicado. La administradora debe darte una lista de al menos cinco aseguradoras para elegir, y la prima tiene que ser la misma que esa compañía cobra a particulares fuera del plan en el lugar de entrega (artículo 13.2). Cómo elegirla está en seguro de un auto prendado.
  • Tasa de inspección de la IGJ. La paga la administradora y no puede trasladarla a tus cuotas (artículo 14.4).

Si el cupón no coincide con el contrato

Pedí por escrito a la administradora el detalle de la cuota pura, la carga administrativa y los seguros del mes, y el valor móvil usado. Si el problema es tu contrato (un cobro de más, un ajuste retroactivo), el reclamo va a Defensa del Consumidor o a la Justicia. Si la administradora incumple las normas del sistema, podés presentar una denuncia ante la IGJ. Cómo cambian estos números si dejás de pagar está en renuncia y rescisión de un plan de ahorro.