Si estás en período de ahorro (todavía no te adjudicaron el auto) podés dejar el plan, pero lo que aportaste no vuelve en el momento: la administradora lo devuelve cuando termina el grupo, con una penalidad de hasta el 2 % si renunciaste y de hasta el 4 % si el contrato quedó rescindido por falta de pago. Así lo fija para todo el país la Resolución General IGJ 8/2015 en su artículo 25.
Renuncia o rescisión
| Renuncia | Rescisión | |
|---|---|---|
| Cómo se produce | Durante el período de ahorro, notificás expresamente a la administradora que dejás de pagar | Dejás de pagar y avisás después de vencidas tres cuotas consecutivas impagas |
| Penalidad máxima sobre el haber | 2 % | 4 % |
| Otros descuentos posibles | Seguro de vida de hasta tres meses y bonificaciones condicionadas a la adjudicación | Los mismos, más hasta tres cargas administrativas |
La diferencia de penalidad depende de cuándo avisás. Si decidiste no seguir, mandá la renuncia por un medio que deje constancia (carta documento o el canal que indique el contrato) antes de que se acumulen tres cuotas impagas.
Quien llega al final del plan con todas las cuotas pagas y no quiere recibir el auto no sufre penalidad.
Cuánto te devuelven
Para los grupos que terminan por cumplimiento del plazo, la RG 8/2015 calcula el haber multiplicando la cantidad de cuotas pagadas por el valor de la última cuota pura emitida al finalizar el grupo (artículo 25.1). Sólo cuenta la cuota pura: el contrato de Plan Rombo, por ejemplo, aclara que el derecho de suscripción, el derecho de adjudicación y los gastos de administración son retribución de la administradora y no se imputan al precio del auto. Qué es cada concepto está en cómo se compone la cuota.
Del haber, la administradora sólo puede descontar (artículo 25.3.4):
- la penalidad de renuncia o rescisión;
- hasta tres cargas administrativas, si la rescisión se produjo después de tres cuotas consecutivas impagas;
- el seguro de vida colectivo de los tres meses posteriores al último pago, si la póliza te cubrió en ese período;
- las bonificaciones que aceptaste al suscribir con la condición de resultar adjudicado.
Las penalidades forman un fondo de multas que se reparte entre los suscriptores adjudicados.
Cuándo te pagan
El grupo termina en la fecha de vencimiento del plazo de los contratos o en la de la última adjudicación, lo que ocurra primero. Desde ahí:
- 30 días corridos para que la administradora haga el balance de liquidación del grupo y te notifique en forma fehaciente que el dinero está a tu disposición. Si no te reintegra el total, la notificación tiene que explicar por qué.
- 10 días corridos desde esa notificación: si te paga en ese plazo, no debe intereses.
- Cada tres meses, la administradora pone a disposición los fondos que entran después, por ejemplo cuando cobra a suscriptores morosos.
Si no retirás el dinero después de notificado, corre a tu favor un interés diario. Si la administradora no cumple los plazos de puesta a disposición, además debe un interés punitorio a la tasa activa del Banco de la Nación (artículos 25.3.3 y 25.3.5).
Cuando el grupo se liquida antes de tiempo porque ya no quedan suscriptores para adjudicar, los renunciantes y rescindidos cobran a medida que los adjudicados pagan sus cuotas (artículo 25.4.2).
Por eso tu domicilio tiene que estar actualizado: el contrato te obliga a avisar cualquier cambio dentro de los 10 días, y las notificaciones enviadas al último domicilio informado se tienen por válidas (artículo 1.3.2). La administradora también publica cada trimestre los grupos con fondos a disposición y los muestra en su página web.
Casos en los que no hay penalidad
- Bonificación del concesionario rechazada. Si la administradora rechazó un beneficio que te ofreció el concesionario y te lo comunicó al formarse el grupo, podés renunciar antes de pagar la primera cuota y te devuelven todo sin descuentos (artículo 12.3).
- Cambio forzoso de modelo con aumento mayor al 20 %. Si la fábrica deja de producir el auto y el sustituto cuesta más del 20 % por encima, podés resolver el contrato sin penalidad dentro de los 15 días de recibir la propuesta. El detalle está en cambio de modelo en un plan de ahorro.
- Grupo que no se forma. Lo regula el contrato. En el de Plan Rombo, si en 60 días no se constituye un grupo que te incluya, te devuelven todo lo pagado dentro de los 10 días; si desistís mientras se forma, sólo te devuelven la cuota pura.
Vender el plan en lugar de renunciar
Para recuperar dinero antes de que termine el grupo, la vía es ceder el contrato. La Resolución General IGJ 13/2023 exige un formulario de la administradora con el haber antes de deducciones y el haber de reintegro, que también incluye el detalle de deducciones en planes ya renunciados o rescindidos. La administradora lo entrega dentro de los 10 días de pedido y no puede cobrar por la transferencia. Los pasos de la cesión están en qué hace la administradora y qué hace el concesionario.
Si no te pagan
Reclamá primero por escrito a la administradora, con el número de grupo y orden. Un conflicto por tu haber va a Defensa del Consumidor o a la Justicia; la IGJ no resuelve reclamos individuales, pero recibe denuncias por incumplimientos de las normas del sistema.