En Argentina, la grúa del seguro del auto depende de la cláusula «CA-CO 15.1 Servicio de Remolques», que la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) fija como texto uniforme para todas las aseguradoras. Si tu póliza la incluye, cubre como mínimo 100 km de ida y 100 km de vuelta desde donde quedó el auto, y al menos seis servicios por año con un tope de uno por mes. La cantidad exacta de kilómetros y de servicios figura en el frente de tu póliza.

La cláusula estuvo derogada por la Resolución SSN 217/2024 y volvió a regir con la Resolución Sintetizada 269/2024, publicada el 11 de junio de 2024, con su redacción anterior.

Auxilio mecánico, remolque y traslado por siniestro

La cláusula de remolques incluye dos prestaciones distintas, disponibles las 24 horas todos los días del año, ante fallas, averías o accidentes que impidan circular:

  • Auxilio mecánico en la vía pública: una reparación en el lugar para que puedas seguir viaje. Los repuestos y materiales que se usen los pagás vos en el momento.
  • Remolque: el traslado del auto hasta el taller más cercano que pueda atenderlo, dentro del radio en kilómetros de la póliza.

Aparte está la cláusula obligatoria «CG-CO 4.1 Gastos de traslado y estadía». Cuando el auto sufrió un daño, un incendio, un robo o un hurto cubiertos, la aseguradora paga los gastos razonables de llevarlo al lugar más próximo para inspeccionarlo o repararlo y de guardarlo en un garaje o taller, aunque con la indemnización se supere la suma asegurada. Es una cláusula de emisión obligatoria y se aplica a esos siniestros aunque la póliza no tenga la de remolques.

Usar la grúa no significa que la aseguradora acepte que hubo un siniestro cubierto por el resto de la póliza.

Qué datos dar al pedir la grúa

El servicio se pide por teléfono, en los canales que figuran en tu póliza. Lo puede pedir el asegurado o un conductor autorizado por él. Según la cláusula, tenés que informar:

  • número de póliza;
  • ubicación exacta: ruta o calle, kilómetro o altura, sentido de circulación y localidad;
  • marca, modelo, patente y color del auto;
  • la falla que creés que tiene.

Cuando llega el prestador, tenés que mostrar el comprobante del seguro y la documentación del auto. Si llevás carga, avisá al pedir el servicio: la prestadora puede negarse a remolcar un auto cargado por razones de seguridad, y el titular libera de responsabilidad a la prestadora y a la aseguradora por daños a esa carga.

Mientras esperás en la ruta

Si el auto quedó detenido en la calzada o en la banquina, el artículo 59 de la Ley de Tránsito obliga a advertir a los demás colocando de inmediato las balizas reglamentarias. Todo auto debe llevar matafuego y balizas portátiles para circular (artículo 40, inciso f), y la reglamentación exige por lo menos dos. Detenerse en la banquina sin una emergencia está prohibido (artículo 48, inciso i).

Nadie puede viajar dentro del auto remolcado. Una persona responsable tiene que acompañar el traslado en la grúa, dentro del límite de ocupantes que fija el fabricante del vehículo de remolque.

Kilómetros, cantidad de servicios y exclusiones

CondiciónQué dice la cláusula CA-CO 15.1
RadioIda y vuelta con la misma cantidad de kilómetros, desde el punto donde quedó el auto. Mínimo: 100 km de ida y 100 de vuelta
Servicios por añoLos del frente de la póliza. Mínimo: seis
Servicios por mesMáximo: uno
ÁmbitoTodo el país. El exterior, sólo si la póliza lo indica
PeajesA cargo de quien pide el servicio
Póliza sin pagarSin servicio si la póliza no está vigente o la cobertura está suspendida, por ejemplo por falta de pago

Si la aseguradora rechaza el pedido porque ya usaste servicios, la SSN indica revisar en la póliza cuántos te corresponden por año y por mes. Pasado el cupo anual, el servicio lo pagás vos.

La aseguradora queda liberada si la prestadora no puede llegar por caso fortuito o fuerza mayor, como huelgas, catástrofes o cortes de rutas o comunicaciones. Aun así, tiene que buscar medios razonables para prestar el servicio, o parte de él, lo antes posible.

Destino del traslado

La cláusula cubre el remolque hasta el taller más cercano apto para el arreglo. Si querés llevar el auto a otro taller más lejos, a tu casa o a un concesionario, confirmá con la prestadora cuántos kilómetros quedan fuera del radio antes de salir. Antes de elegir el destino, consultá si el taller recibe el auto ese día y en ese horario.

Cuándo pagás aparte

Hay tres casos en los que el gasto corre por tu cuenta:

  1. Kilómetros excedentes. Lo que pase del radio de la póliza se cobra como cargo adicional, acordado entre vos y la prestadora, y con tu conformidad previa. La aseguradora no responde por ese monto. Pedí el precio antes de aceptar el traslado.
  2. Servicios por encima del cupo anual o mensual.
  3. Grúa contratada por tu cuenta. La cláusula establece que no se reintegra, salvo que la aseguradora lo acepte de forma excepcional. En ese caso, el reintegro tiene como tope los valores que la aseguradora paga habitualmente a sus prestadoras.

Si un taller va a reparar el auto, la Ley 24.240 obliga al prestador a entregar un presupuesto con sus datos, la descripción del trabajo, los materiales, el precio de materiales y mano de obra, el tiempo previsto, la garantía y el plazo para aceptarlo (artículo 21). Si aparece un trabajo o un costo que no estaba en el presupuesto, te lo tiene que comunicar antes de hacerlo (artículo 22).

Si la aseguradora no presta el servicio o la grúa daña el auto

Reclamá primero a la aseguradora y guardá el número de caso. Si no responde o no cumple, podés hacer un reclamo ante la SSN por Trámites a Distancia, con la póliza y la documentación que acredite que sos tomador o asegurado. Para un problema con la grúa, adjuntá lo que pruebe que el servicio estaba incluido o que el daño lo causó el remolque.

Si además hubo un choque, seguí los pasos de qué hacer después de un choque con el auto. Para revisar qué tiene que estar en el auto antes de salir a la ruta, mirá los documentos para circular en auto o moto.