Si la entrega de tu 0 km se atrasa y el concesionario te pide pagar más, la respuesta está en el documento que firmaste al reservar o comprar. Si ahí figura un precio cerrado, el concesionario no puede subirlo por su cuenta. Si figura un mecanismo de ajuste, tiene que aplicarlo tal como está escrito. Y si la demora es responsabilidad del vendedor, la Ley 24.240, que rige en todo el país, te da opciones que no incluyen pagar sin discutir.
Lo que conviene dejar escrito antes de pagar una seña está en comprar un 0 km en concesionario.
Qué precio quedó escrito
El artículo 10 de la Ley 24.240 obliga a que el documento de venta incluya el precio, las condiciones de pago, los costos adicionales con el precio final y los plazos y condiciones de entrega. Buscá en tu boleto, orden de compra o reserva cuál de estos casos es el tuyo.
Precio fijo
Si el documento dice un monto y no prevé ajustes, ese es el precio. La Disposición 377/2026, que reemplazó el anexo de cláusulas abusivas de la Resolución 53/2003, incluye en su listado las cláusulas que dan al proveedor la facultad de modificar unilateralmente el contrato. Según el artículo 37 de la Ley 24.240, una cláusula así se tiene por no convenida.
Precio con ajuste
Si el documento ajusta el precio por un índice, el tipo de cambio o la lista del fabricante, tiene que decir cuál, desde qué fecha y hasta cuál. Pedí el cálculo y repetilo vos con los mismos datos. Para ver cómo se movieron los precios del mercado, el IPSA de ACARA y la Guía Oficial de Precios sirven de referencia, pero no reemplazan el mecanismo que firmaste.
Precio de lista a la fecha de facturación o de entrega
Es una forma de ajuste, porque el precio final depende de una fecha futura. Revisá:
- de qué lista se trata (la del fabricante o la del concesionario) y dónde se publica;
- qué fecha se toma: la de facturación, la de llegada de la unidad o la de entrega;
- si la cláusula distingue entre una demora tuya y una del vendedor.
Si esa fecha se corrió por una demora del vendedor, revisá la sección siguiente antes de aceptar el aumento.
Quién causó la demora
Compará el plazo de entrega del documento con la fecha real. El artículo 10 bis dice que, salvo caso fortuito o fuerza mayor, el incumplimiento del proveedor te permite elegir entre:
- exigir el cumplimiento, si todavía es posible;
- aceptar otro producto equivalente;
- rescindir el contrato con restitución de lo pagado.
En los tres casos podés reclamar además los daños y perjuicios. La Disposición 377/2026 considera abusivas las cláusulas que trasladan al consumidor las consecuencias del caso fortuito o la fuerza mayor.
Si la demora vino de tu lado, por ejemplo porque el crédito prendario tardó en aprobarse o no pagaste el saldo en la fecha acordada, el análisis cambia. Revisá qué prevé el documento para ese caso.
Qué pedir antes de pagar la diferencia
Pedí por escrito, con fecha y firma del concesionario:
- el motivo de la demora y la nueva fecha de entrega;
- la cláusula del contrato en la que se basa el nuevo precio;
- el cálculo de la diferencia, con la lista o el índice usado y su fecha;
- una cotización actualizada con cada gasto en una línea, como exige el inciso g del artículo 10.
El Manual de Buenas Prácticas de ACARA compromete a las concesionarias adheridas a incluir en el contrato todos los montos que van a cobrar, de modo que no se exijan después pagos que no estaban estipulados, y a dar información de precio que no sufra variaciones posteriores que afecten la buena fe del comprador.
Si decidís pagar para no perder la unidad, dejá constancia escrita de que no estás de acuerdo con el cálculo y guardá el comprobante.
La seña
El artículo 1059 del Código Civil y Comercial interpreta la seña como confirmatoria de la operación, salvo que se haya pactado la facultad de arrepentirse. En ese caso, quien la entregó la pierde y quien la recibió la devuelve doblada. Si rescindís por incumplimiento del vendedor según el artículo 10 bis, lo que corresponde es la restitución de lo pagado, seña incluida.
Dónde reclamar
Hacé el primer reclamo por escrito en el concesionario y pedí número o comprobante. Sin respuesta, podés ir a la Defensoría del Cliente de ACARA, si la concesionaria está adherida, o a la Ventanilla Federal Única de Defensa del Consumidor, sin abogado y sin costo. Adjuntá el documento de compra, los recibos, la comunicación del nuevo precio y el cálculo que te dieron. El recorrido completo está en reclamar a una concesionaria.