Un vehículo matriculado en otro país puede circular en la Argentina sólo mientras dure su admisión temporaria. Ese régimen aduanero nacional es para turistas y para argentinos que viven en el exterior: el auto entra sin pagar tributos, pero tiene que salir antes de que venza el plazo y no se puede vender ni quedar en el país. Si te radicás en la Argentina, el camino es nacionalizarlo, como se explica en mudarte a la Argentina con tu auto usado.

El plazo y las condiciones dependen de dónde está matriculado el auto y de dónde vive quien lo maneja.

Autos de Brasil, Paraguay, Uruguay y el resto del Mercosur

La Resolución General 1419 incorporó a la Argentina las normas del Mercosur para vehículos de turistas (Resolución GMC 35/02). Alcanzan a autos, motos, casas rodantes, tráileres y embarcaciones de recreo matriculados en otro Estado Parte que entran para turismo.

El conductor tiene que llevar:

  • documento de identidad válido para viajar en el Mercosur;
  • licencia de conducir;
  • el documento que lo acredita como turista, emitido por Migraciones;
  • título de propiedad u otro documento oficial del vehículo;
  • autorización para conducir, si no es el titular;
  • certificado de seguro vigente.

La Resolución General 5366/2023 admite esos documentos impresos o digitales cuando hay un medio de verificación electrónico acordado entre los países. No hay formalidades aduaneras para entrar, aunque la aduana puede hacer controles.

Plazo

El auto puede quedarse el tiempo de permanencia que la Dirección Nacional de Migraciones le otorga al titular o al conductor autorizado. En un auto alquilado rige el menor entre ese plazo y la vigencia de la Autorización para Circulación en el Mercosur (ACM) que entrega la empresa de alquiler.

Si el turista se va del país sin el auto, el vehículo puede quedar sin uso hasta 90 días. Se permite una sola vez, sin prórroga, y hay que avisar antes a la aduana.

Quién puede manejarlo

Lo maneja el titular o la persona que él autorice. El cónyuge y los parientes hasta segundo grado de consanguinidad pueden conducir sin autorización expresa si también son turistas y acreditan el vínculo. Quien maneja tiene que residir en el país donde está matriculado el auto.

Quedan afuera

El régimen del Mercosur no se aplica a:

  • conductores que no acrediten condición de turista;
  • vehículos matriculados en un país de fuera del Mercosur, aunque los maneje un turista del bloque;
  • vehículos usados para transportar personas, con o sin cobro, o para una actividad comercial, salvo los de alquiler;
  • turistas que no son residentes habituales de un Estado Parte.

Autos de otros países

Para turistas con residencia permanente fuera de la Argentina, la Resolución ANA 308/1984 fija como plazo el que otorgue Migraciones, con un máximo de ocho meses. La aduana registra el ingreso y controla la salida. Si Migraciones prorroga la estadía, se puede pedir a la aduana que extienda también la del vehículo, antes de que venza.

Mientras el titular viaja en el auto, otra persona puede manejarlo sin autorización escrita. Si el titular no puede conducir y no va a bordo, hay que pedir permiso en la aduana más cercana y acreditar el impedimento.

Chile tiene un régimen propio con la Argentina, la Resolución ANA 1944/1991, que la Nota Externa 46/2009 menciona junto a los anteriores. Consultá en la aduana del paso antes de viajar.

Argentinos que viven en el exterior

Un argentino con residencia permanente fuera del país puede entrar ocasionalmente con su auto por un máximo de 90 días improrrogables. Según la Nota Externa 46/2009, el plazo corre en cada ingreso, sin un tope por año calendario, y la aduana tiene que verificar que los viajes sean ocasionales. La nota toma como base el artículo 63 del Decreto 1001/1982, que pide al menos un año de residencia afuera.

La residencia se acredita ante la aduana. La Resolución ANA 308/1984 menciona el domicilio en el exterior registrado en el DNI y un certificado del consulado argentino, y el Consulado en Florianópolis pide lo mismo para quienes viven en otro país del Mercosur.

Si el auto no sale a tiempo

Dejar el vehículo después del plazo es una infracción al régimen de importación temporaria. El artículo 970 del Código Aduanero la sanciona con una multa de una a cinco veces los tributos que correspondan, con un mínimo del 30 % del valor en aduana del vehículo (Resolución General 1419). La aduana además puede secuestrar el auto (Resolución ANA 308/1984).

Si un accidente, un robo u otro hecho impide sacar el auto, hay que informarlo a la aduana de la zona con la documentación que lo pruebe.

Seguro y licencia

Todo automotor que circula en la Argentina tiene que tener seguro de responsabilidad civil por daños a terceros (artículo 68 de la Ley 24.449). En el Mercosur, el certificado de seguro con cobertura en el bloque es uno de los documentos que pide la Resolución General 1419. Qué licencias extranjeras sirven para manejar en el país está en licencia de conducir extranjera.