En Argentina, un auto o una van fabricados o transformados para llevar a una persona en silla de ruedas tienen que cumplir requisitos de seguridad específicos desde abril de 2022. Los fija la Resolución Conjunta 2/2022 de la Agencia Nacional de Seguridad Vial y la Secretaría de Industria, para todo el país. Lo que tenés que pedir depende de si el vehículo ya viene adaptado o si la rampa o los mandos se instalan después.

Qué exige la norma para vehículos con rampa o anclajes

La Resolución Conjunta 2/2022 sumó dos requisitos al Anexo B del Decreto 779/1995, que lista la seguridad exigida a cada categoría de vehículo. Alcanza a los autos de pasajeros (categoría M1) derivados de utilitarios y aptos para llevar una silla de ruedas, y a los M1 adaptados para ese fin. Remite a dos normas técnicas:

  • IRAM-AITA 3736: sistemas de anclaje de la silla de ruedas.
  • IRAM-AITA 3739: dimensiones de accesibilidad.

Quienes tienen que cumplirla son los fabricantes, los importadores y los armadores en etapas, es decir, las empresas que terminan o transforman un vehículo que salió de otra fábrica. El artículo 28 del Decreto 779/1995 les pide acreditar la seguridad del modelo para obtener la Licencia de Configuración de Modelo (LCM), y en un vehículo armado en etapas esa obligación es del último que interviene. Según la Resolución 271/2025, el fabricante o importador tiene que actualizar la licencia cuando cambia la configuración aprobada.

Si comprás una van que ya viene con rampa

Antes de pagar, pedí por escrito:

  • quién hizo la adaptación: la fábrica, el importador o un transformador;
  • el número de LCM del modelo adaptado o, si lo transformó otra empresa, la documentación con la que esa empresa acreditó el modelo;
  • si los anclajes y la rampa están ensayados según las normas IRAM-AITA 3736 y 3739;
  • la carga máxima de la rampa y el manual de uso de los anclajes y cinturones de la persona en silla.

Si el vendedor no puede decir quién transformó el vehículo ni con qué licencia, no tenés cómo comprobar que el modelo cumple la Resolución Conjunta 2/2022.

Si la rampa o los mandos se instalan en un auto que ya tenés

Ninguna norma nacional crea un registro de talleres de adaptación ni un trámite para homologar una adaptación hecha a un auto ya patentado. Por eso la documentación que te entregue el taller es la prueba de lo que se instaló. Pedí:

  • Factura detallada: con cada pieza, marca, modelo y precio por separado. Se usa para el Registro, si corresponde, y para declarar los elementos en el seguro del auto adaptado.
  • Descripción técnica: qué se modificó, dónde se fijó y qué sistemas originales se tocaron (frenos, acelerador, dirección, asientos, cinturones).
  • Manual e instrucciones de uso y mantenimiento de cada elemento.
  • Ensayos de los anclajes: si instalan un sistema para la silla de ruedas, preguntá si cumple la norma IRAM-AITA 3736, que es la que usa la resolución.

Mandos para manejar

Si la adaptación es para que la persona maneje, la define el centro emisor de la licencia, no el taller. La ANSV indica que la licencia clase F tiene que describir la adaptación. El examen práctico se rinde con un auto que ya la tenga. Hacé la evaluación antes de pagar los mandos, para que el taller instale lo que va a figurar en la licencia. El orden completo está en licencia de conducir con discapacidad.

Los mandos importados pueden entrar con el beneficio de la Ley 19.279, que permite autorizar la importación de comandos de adaptación para un auto nacional de uso personal. Los requisitos del régimen están en franquicia para comprar un auto por discapacidad.

Cuándo hay que pasar por el Registro del Automotor

Si la adaptación cambia la carrocería, el titular tiene que inscribir la modificación en el Registro donde está radicado el vehículo, siempre que los números de motor y chasis sigan siendo los mismos. La página del trámite da como ejemplos pasar una pick-up a rural o agregarle ventanas a una furgoneta. Piden:

  • Solicitud Tipo 04;
  • título y cédula del vehículo;
  • Formulario 12 de verificación vehicular;
  • fotografía del vehículo modificado, visada por quien hace la verificación física;
  • factura de las partes agregadas.

La solicitud se puede iniciar en línea, pero se termina en el Registro. Los aranceles salen del estimador de la DNRPA. Si no sabés si tu adaptación cuenta como cambio de carrocería, por ejemplo una rampa trasera en un furgón sin ventanas, consultá en tu Registro antes de hacerla. El Anexo P del Decreto 779/1995 prohíbe modificar la identificación original grabada en el chasis de un vehículo transformado.