La franquicia de la Ley 19.279 permite que una persona con discapacidad compre un auto sin pagar algunos impuestos. Es un beneficio nacional que gestiona la Secretaría Nacional de Discapacidad (SENADIS), del Ministerio de Salud, y se pide sólo por Trámites a Distancia (TAD). El trámite es gratuito.
Qué impuestos no se pagan
Según la ficha oficial del trámite:
- Auto nacional: no paga IVA.
- Auto importado: no paga derecho de importación, tasa de estadística, servicio portuario, impuestos internos ni IVA.
- Doble tracción o utilitario: se otorga como excepción, con documentos que justifiquen la necesidad por zona de residencia, salud o actividad laboral.
La compra por plan de ahorro no está prevista en la normativa, así que no se concede la franquicia en esa modalidad.
Quién puede pedirla
Está pensada para personas con discapacidad que no pueden usar el transporte público y que tienen capacidad económica para comprar y mantener el auto. Una Junta Médica constituida para este trámite evalúa cada caso. Por eso el CUD no es obligatorio y tenerlo tampoco asegura que te la otorguen.
Puede manejar la persona con discapacidad o, si no maneja, el familiar conviviente más próximo.
Documentos
- Clave fiscal de ARCA nivel 2 o superior.
- Certificado de capacidad económica emitido por ARCA.
- Declaración jurada, que se completa en TAD.
- Foto de la factura proforma firmada y sellada por la concesionaria, del modelo estándar y del de menor precio dentro de ese modelo. Tiene que figurar marca, modelo y versión completa, valor final y forma de pago. Para un auto nacional, también el valor de plaza y el IVA descontado; para uno importado, el valor FOB, flete, seguro, los primeros 9 dígitos del VIN y la procedencia.
- Certificado médico original de no más de seis meses.
- DNI del beneficiario con domicilio actualizado y su registro de conducir.
Según el caso, se suman:
- Si el beneficiario no maneja: DNI y registro del familiar conviviente más próximo, y la partida o libreta que pruebe el vínculo.
- Si es menor de edad: DNI y registro de ambos padres.
- Si necesita representación: sentencia de curatela o de apoyo con aceptación del cargo, o venia judicial.
Cómo se tramita
- Pedí el certificado de capacidad económica en ARCA.
- Entrá a TAD y elegí Iniciar trámite: AFIP, con CUIT o CUIL y clave fiscal.
- Completá los datos y adjuntá los documentos.
- Seguí las notificaciones del expediente.
La página oficial no informa un plazo de resolución. Las consultas van a [email protected] o al 0800-555-3472.
Si ya compraste un auto con la franquicia y querés otro, antes tenés que pedir la libre disponibilidad del primero. No se obtiene sola con el paso del tiempo. El detalle está en vender un auto comprado con franquicia.
Cambiar o sumar un conductor autorizado
Con el auto ya comprado, SENADIS permite dos cosas (trámite oficial):
- Extender la autorización de manejo a un tercero, si la pedís con una justificación.
- Reemplazar al autorizado cuando deja de manejar.
Los archivos se cargan en el mismo expediente de TAD con el que se tramitó la franquicia. Se piden:
- nota firmada por el beneficiario, su representante o apoderado que explique el pedido;
- título del auto con la leyenda de compra por la Ley 19.279 y el plazo de inembargabilidad;
- DNI y registro de conducir del familiar conviviente más próximo;
- documento que pruebe el vínculo, si corresponde;
- registro actualizado del autorizado anterior, si está vencido.
Es gratuito. La página no fija un plazo ni un número máximo de autorizados.
Si quien va a manejar necesita un auto adaptado, la licencia tiene que decirlo: mirá licencia clase F y auto adaptado. La exención de patente es otro beneficio, provincial o municipal: está en exención de patente por discapacidad.