Un auto comprado con la franquicia de la Ley 19.279 no se puede vender, donar, permutar ni transferir mientras siga afectado al régimen. El artículo 9 de la ley impide que el Registro inscriba la transferencia sin una certificación previa de la autoridad de aplicación. Esa certificación es el certificado de libre disponibilidad, que emite la Secretaría Nacional de Discapacidad (SENADIS) en todo el país.

Qué pasa si se vende sin el certificado

El artículo 6 de la ley obliga al beneficiario que infringe el régimen a devolver todos los impuestos que no pagó al comprar, o la contribución del Estado si la recibió. Además pierde para siempre el derecho a renovar el auto con la franquicia.

Cuándo se puede pedir

Según la ficha oficial del certificado, hay cuatro casos:

CasoCuándo
Tiempo transcurrido30 meses desde la inscripción inicial si el auto es nacional; 48 meses si es importado
Agravamiento de la discapacidadCuando impide manejar y no hay un familiar que pueda trasladar a la persona
Robo, hurto o destrucción totalHay que notificarlo dentro de los 30 días corridos del hecho
Fallecimiento del titularLo piden los herederos dentro de los 30 días corridos

El certificado no es automático: aunque pase el plazo, hay que pedirlo. Tampoco te obliga a vender. Con él, el auto sale del régimen y lo puede usar cualquier persona. La ficha aclara que no termina la exención del impuesto de patente; esa exención depende de tu provincia o municipio y puede caerse con la venta, como pasa en la Ciudad de Buenos Aires (ver exención de patente por discapacidad).

Documentos según el caso

En todos los casos se necesita clave fiscal de ARCA nivel 2 o superior y una declaración jurada que se completa en línea.

  • Tiempo transcurrido: verificación policial (formulario 12D) hecha por la persona autorizada a manejar, título con la leyenda de los artículos 5 y 9 de la Ley 19.279 y DNI del beneficiario con domicilio actualizado.
  • Agravamiento: certificado médico original y actualizado, que evalúa la Junta Médica, y título. Si la Junta confirma el agravamiento, se suma el 12D.
  • Robo, hurto o siniestro: descripción detallada del hecho, título, denuncia policial si corresponde, constancia de la aseguradora que acredite la destrucción total y póliza vigente a la fecha del hecho.
  • Fallecimiento: se inicia desde la cuenta TAD de uno de los herederos. Piden nota firmada por todos los herederos declarados, partida de defunción, 12D hecho por un coheredero, título, declaratoria de herederos, libre deuda de patentes si corresponde y DNI de todos los herederos.

Si el beneficiario necesita representación, se agrega la sentencia de curatela o de apoyo con aceptación del cargo, o la venia judicial. SENADIS puede pedir más documentos en cualquier momento del trámite.

Cómo se tramita

  1. Entrá a TAD y elegí Iniciar trámite: AFIP, con CUIT o CUIL y clave fiscal.
  2. Elegí el trámite que corresponde a tu caso y adjuntá los documentos.
  3. Seguí las notificaciones del expediente.

Es gratuito. La ficha oficial indica una demora de 30 días hábiles con la documentación completa. En el caso de tiempo transcurrido, si SENADIS no responde en 60 días hábiles desde que acreditaste las condiciones, opera el silencio positivo. Una vez emitido, el certificado no vence. Consultas: [email protected] o 0800-555-3472.

Con el certificado, la venta sigue el camino de cualquier transferencia. Antes de firmar, revisá los errores frecuentes al transferir un auto. Si el titular falleció, el trámite registral pasa por la sucesión: está explicado en transferir un auto de un titular fallecido.

Para comprar otro auto con franquicia, primero tiene que estar liberado el anterior, según la ficha de la franquicia.