Cuando cambia el vehículo asignado a una carga sanitaria, verificá la nueva unidad antes de confirmar el reemplazo. Compará habilitación, producto admitido, higiene, equipos y documentos del movimiento. La urgencia de la entrega no permite trasladar la aprobación de un dominio a otro.

Identificá qué cambió

Puede reemplazarse el tractor, el remolque, la caja o todo el conjunto. Registrá los componentes originales y nuevos, sus identificaciones y cuál de ellos está vinculado a cada autorización. Pedí confirmación al organismo o responsable competente si el documento no permite resolver la correspondencia.

En productos de origen animal, el numeral 28.2 del régimen SENASA 711/2022 identifica los medios alcanzados por la habilitación. Para animales vivos, los artículos 3–6 de la Resolución 723/2025 vinculan unidad, categoría y documentación. Elegí el régimen de la operación antes de evaluar la alternativa.

Ficha de sustitución

CampoQué resolver
MotivoAvería, demora u otra causa con fecha y lugar
CargaProducto o especie, cantidad y condición actual
IdentidadUnidad original y sustituta, caja y remolque
HabilitaciónDocumento y categoría de la nueva unidad
CondiciónHigiene, integridad y equipos necesarios
DocumentosCambios a gestionar por el canal competente
OperaciónLugar, responsables y condiciones del traslado
DecisiónAutorización o instrucción recibida y pendientes

Ejemplo ficticio: antes de cargar lácteos refrigerados, falla la unidad prevista. El proveedor ofrece una camioneta sin la categoría necesaria. Despacho conserva el ofrecimiento y busca una alternativa admisible; no copia la habilitación del vehículo averiado a la nueva orden.

Diferenciá reemplazo previo y carga ya en viaje

Antes de cargar, podés organizar la alternativa con el establecimiento y emitir la documentación correspondiente. Si la mercadería o los animales ya están en tránsito, agregá evaluación de su condición y las instrucciones para apertura, transbordo y continuidad.

Los numerales 28.23–28.24 de la Resolución 711/2022 regulan precintos y documentación sanitaria dentro de su alcance. Coordiná con la autoridad competente cualquier intervención que los afecte y conservá la actuación y nuevos números. Una autorización interna del cliente no reemplaza una intervención sanitaria requerida.

Comprobá los controles propios de la sustituta

Para alimentos, verificá limpieza y conservación antes de recibir la carga, conforme al artículo 154 bis del CAA cuando sea aplicable. Si hay frío, vinculá los registros de ambas etapas con sus horarios y cualquier período sin medición.

Para animales vivos alcanzados, el CULyD pertenece a una sola unidad según el artículo 15, inciso d de la Resolución 806/2025. La sustituta necesita sus propias condiciones y documentación; el certificado del vehículo original no se reutiliza. Revisá además aptitud, densidad y condiciones del nuevo compartimiento.

Cerrá la contingencia con ambos recorridos

Conservá quién decidió, qué se verificó, dónde y cuándo cambió la unidad, documentación corregida por el canal correspondiente y recepción final. Una diferencia sin resolver debe quedar visible para el receptor y el responsable sanitario.

La unidad averiada mantiene su bloqueo hasta completar la corrección y liberación. Asigná responsable y seguimiento a la reparación que quedó pendiente.