En una venta de auto usado entre particulares, el Código Civil y Comercial obliga al vendedor a entregar el auto con sus accesorios, a poner a disposición los papeles que hacen falta para transferirlo y a cooperar con la inscripción (artículos 1137 y 1140). Si no pactaron otra cosa, los gastos de la entrega son del vendedor y los de recibir el auto y los posteriores a la venta son del comprador (artículos 1138 y 1141). Son reglas nacionales; los sellos que se cobran con la transferencia dependen de cada provincia.

Mientras el Registro no inscribe la transferencia, el auto sigue a nombre del vendedor, aunque el comprador ya tenga las llaves. Por eso conviene acordar por escrito el día de la entrega, lo que se entrega y quién paga cada cosa.

Qué se entrega con el auto

El artículo 1140 dice que la cosa se entrega “con sus accesorios”. En un auto, eso incluye lo que venía con él y lo que se mostró en el aviso o se nombró en el boleto. Antes de la entrega, hacé una lista concreta:

  • Llaves y controles: cuántas llaves, si hay llave de repuesto, control de alarma o código de la radio.
  • Rueda de auxilio, gato y llave de rueda.
  • Manual del propietario y libreta de services, si existen.
  • Accesorios agregados: portaequipajes, enganche, equipo de GNC, cubiertas extra. Si alguno no se incluye en el precio, escribilo.
  • Papeles: título o constancia de asignación de título (CAT), todas las cédulas, Formulario 08 firmado y certificado, y los recibos de pago.

La guía oficial de transferencia pide el título o CAT y todas las cédulas, verdes y azules. Si falta alguno de esos papeles el día de la entrega, el vendedor tiene que conseguirlo: el artículo 1137 lo obliga a cooperar para que la transferencia se concrete.

El acta de entrega

Un acta firmada por los dos deja constancia de la fecha y el estado del auto. Ninguna norma la exige para un auto usado entre particulares, pero sus datos sirven después. Para hacer la denuncia de venta, el vendedor tiene que informar el lugar y la fecha en que entregó el auto, según las preguntas frecuentes del Ministerio de Justicia.

Anotá en el acta:

  • Lugar, fecha y hora de la entrega.
  • Dominio, número de motor y de chasis.
  • Kilometraje que marca el tablero.
  • Estado visible y faltantes, con fotos de las dos partes.
  • Cada accesorio, llave y documento entregado.
  • Saldo pagado y medio de pago, o remisión al recibo. Cómo armar ese recibo está en cómo pagar un auto usado.

Si no acordaron otra cosa, el artículo 1147 fija la entrega dentro de las 24 horas de celebrado el contrato y el 1148 la ubica donde estaba el auto al venderse. Casi siempre conviene fijar fecha y lugar en el boleto.

Quién paga cada gasto

La guía oficial enumera lo que se liquida en el Registro: el arancel de transferencia (1,5 % del valor si el auto es nacional y 2 % si es importado), certificaciones de firma, expedición de título y cédula, altas y bajas impositivas, formularios y los sellos provinciales. No dice quién paga cada concepto; eso lo definen las partes.

Si el boleto no dice nada, el Código reparte así:

  • Vendedor: gastos de entregar el auto y de obtener los papeles que tiene que aportar para la transferencia (artículo 1138).
  • Comprador: gastos de recibir el auto y los posteriores a la venta (artículo 1141).

Esa regla deja dudas en conceptos concretos como el arancel o los sellos. Escribí en el boleto quién paga cada uno y dejá también resuelto qué pasa con patentes y multas anteriores a la entrega. Según las preguntas frecuentes oficiales, la transferencia se inscribe aunque haya deuda de patentes, pero el Registro retiene la documentación hasta que se pague; las multas se pagan o se firma una negativa de pago. Más detalle en cómo saber si un auto tiene deudas y en transferir un auto con multas.

Entrega el mismo día o antes de transferir

La forma más ordenada es firmar el 08, presentar la transferencia y entregar el auto en la misma jornada. Si el auto se entrega antes, cada parte asume una situación distinta.

El comprador queda con el auto pero sin ser titular. El artículo 15 del Régimen Jurídico del Automotor le da diez días desde el acto para pedir la inscripción. La guía oficial menciona hasta 30 días desde la firma del 08; si tu caso queda entre los dos plazos, consultalo con el Registro. Entregar la cédula equivale a autorizar al comprador a circular, y el vendedor puede revocar esa autorización si la inscripción no se pide a tiempo.

El vendedor sigue respondiendo como dueño por los daños que cause el auto hasta que se inscriba la transferencia (artículo 27). Si comunica la entrega al Registro con la denuncia de venta, deja de responder por el uso posterior; si el comprador no inicia la transferencia en 30 días, el Registro dispone la prohibición de circular y el secuestro. Los efectos de la seña y del boleto en ese período están en seña y boleto de compraventa.

Seguro desde la entrega

Para circular hace falta el seguro obligatorio de responsabilidad civil del artículo 68 de la Ley de Tránsito. La póliza del vendedor no pasa automáticamente al comprador.

El artículo 82 de la Ley de Seguros regula el cambio de titular del interés asegurado, que es lo que ocurre al vender el auto:

  • El vendedor debe avisar a su aseguradora dentro de los siete días, salvo que la póliza fije otro plazo. Si no avisa, la aseguradora queda liberada de los siniestros ocurridos después de los 15 días de vencido ese plazo.
  • La aseguradora puede rescindir dentro de los 20 días, con 15 de preaviso. El comprador puede rescindir dentro de los 15 días, sin preaviso.
  • El vendedor debe la prima del período en curso a la fecha del aviso.

Lo práctico es que el comprador contrate su póliza con inicio en el día y la hora de la entrega, y que el vendedor avise la venta a su compañía con copia del acta. Una póliza a nombre del comprador mientras el auto sigue a nombre del vendedor es posible, pero en una pérdida total la aseguradora paga recién cuando se transfiere el auto o el titular autoriza el cobro ante escribano. Ese caso está en seguro a nombre de otra persona.