Calibrar un instrumento es compararlo con un patrón y anotar cuánto se desvía. Ajustarlo es tocarlo para que indique bien. Verificarlo es decidir si cumple un requisito. Mantenerlo es conservarlo en condiciones de uso, e inspeccionarlo es revisar su estado. En Argentina, la verificación pasa a ser una obligación legal cuando el instrumento está reglamentado por la Ley 19.511 de Metrología y se usa en alguno de los casos que enumera su artículo 9. Fuera de esa lista, la frecuencia y el criterio los fijan el fabricante, el cliente o el procedimiento interno.

Las definiciones que siguen vienen del Vocabulario Internacional de Metrología (VIM), un documento internacional del comité conjunto que coordina la Oficina Internacional de Pesas y Medidas (BIPM). No es una norma argentina, pero es el vocabulario con el que trabajan los laboratorios de calibración, incluido el INTI.

Qué hace cada operación

OperaciónQué se haceQué queda como evidencia
CalibraciónSe compara la indicación del instrumento con un patrón de valor conocidoCertificado con resultados, unidades e incertidumbre
AjusteSe interviene el instrumento (cero, ganancia, regulación) para que indique el valor correctoInforme del servicio y una calibración posterior
VerificaciónSe decide si el instrumento cumple requisitos especificadosRegistro de aptitud, o certificado y marca oficial en metrología legal
InspecciónSe revisa el estado: golpes, piezas sueltas, precintos, identificaciónChecklist o acta con fecha y responsable
MantenimientoSe limpia, lubrica, repara o reemplaza piezasOrden de trabajo

Calibración

El VIM la define como la operación que establece la relación entre los valores de un patrón y las indicaciones del instrumento, con sus incertidumbres, y usa esa relación para obtener un resultado de medición (VIM 2.39). El resultado puede ser una tabla de errores o una corrección. La calibración informa cuánto se aparta el instrumento y no cambia nada en él. El modelo de certificado del Servicio Argentino de Calibración y Medición del INTI documenta además la trazabilidad a los patrones nacionales.

Ajuste

El ajuste es el conjunto de operaciones sobre el instrumento para que dé indicaciones prescritas, como poner a cero o corregir la ganancia (VIM 3.11). El mismo vocabulario aclara que la calibración es un requisito previo del ajuste y que, después de ajustar, normalmente hay que volver a calibrar. Un torquímetro que vuelve del service con una etiqueta de “calibrado” pero sin certificado posterior al ajuste no tiene evidencia de cómo quedó.

Verificación

Verificar es aportar evidencia objetiva de que algo cumple requisitos especificados (VIM 2.44). El requisito puede ser la especificación del fabricante, la tolerancia que fija el procedimiento del taller o una exigencia legal. Con el certificado de calibración en la mano, alguien con competencia técnica compara los errores informados contra esa tolerancia y decide si el instrumento sirve para la tarea. Esa decisión es la verificación. Cómo registrarla y qué hacer si el resultado queda afuera está en calibración de instrumentos de flota.

Inspección y mantenimiento

La inspección mira el estado del equipo; el mantenimiento lo conserva o lo repara. Ninguna de las dos dice cuánto mide mal un instrumento. Para los equipos de trabajo, el Decreto 351/1979 pide que el mantenimiento se haga en condiciones seguras y que la máquina averiada se señalice y bloquee (artículos 108 y 109). En los aparatos para izar fija un esquema de inspección escalonado: revisión y ensayo antes del primer uso, control diario de los elementos sometidos a esfuerzo por quien lo opera y revisión general trimestral por personal especializado (artículo 116). Si la flota tiene una hidrogrúa, esas inspecciones van en un registro separado del vehículo, como se explica en camión con hidrogrúa.

Qué instrumentos tienen verificación obligatoria por ley

La Ley 19.511 obliga a fabricantes e importadores a someter cada instrumento reglamentado a aprobación de modelo y verificación primitiva (artículo 8). Al usuario le toca la verificación periódica y la vigilancia de uso cuando el instrumento reglamentado se usa, entre otros casos, en transacciones comerciales o para verificar el peso o la medida de mercaderías que se reciben o despachan en una explotación comercial, industrial, agropecuaria o minera (artículo 9). Los tenedores y usuarios de esos instrumentos tienen que registrarse en la oficina de contraste de su jurisdicción (artículo 21).

La lista de reglamentos metrológicos del INTI incluye, entre los que suelen aparecer en una operación con vehículos:

  • Instrumentos de pesaje no automático, como balanzas y básculas.
  • Instrumentos para pesar vehículos por eje o por conjunto de ejes.
  • Surtidores de nafta, kerosene y gasoil.
  • Sistemas de medición de GNC vehicular.
  • Etilómetros. La Resolución 115/2025 fijó su verificación periódica en 12 meses, a pedido del usuario del instrumento.

Torquímetros, manómetros de taller y medidores de profundidad de dibujo no figuran en esa lista. Para ellos no hay una periodicidad legal nacional: la calibración y la verificación dependen de lo que pidan el fabricante, el cliente o el propio procedimiento.

Desde la Resolución 276/2024, el control de los instrumentos reglamentados funciona con laboratorios de ensayo y organismos de certificación, y el INTI actúa en ese esquema en los dos roles, según la nota oficial sobre el nuevo sistema. Si la empresa tiene una báscula propia para despachar mercadería o un tanque con surtidor, consultá en la sección de trámites de metrología legal del INTI si su uso concreto entra en el artículo 9 antes de dar por hecho que no.

Cómo separarlo en el registro de cada instrumento

Cada operación necesita su propio campo, con fecha, responsable y comprobante. Si todo se anota como “service”, después nadie puede saber si el instrumento se midió, se tocó o sólo se limpió.

Un ejemplo ficticio con un torquímetro de taller:

  1. Inspección antes de usarlo: el mecánico revisa que no tenga golpes y que la escala se lea. Queda en el checklist del día.
  2. Calibración anual: el laboratorio informa los errores en tres puntos del rango. Queda el certificado, vinculado al número de serie.
  3. Verificación interna: el responsable técnico compara esos errores con la tolerancia del procedimiento y lo declara apto para ajustar ruedas. Queda la decisión firmada.
  4. Ajuste: si estaba fuera de tolerancia, el proveedor lo regula y lo vuelve a calibrar. Quedan el informe y el certificado nuevo.
  5. Mantenimiento: limpieza y guardado en su estuche, según el manual del fabricante. Queda la orden de trabajo.

El código interno y la serie que identifican el instrumento son los mismos del inventario de herramientas por vehículo. Si el certificado no trae esa serie, no sirve para ese equipo aunque el modelo coincida.