Los viajes contratados por una aplicación y originados dentro de la ciudad de Córdoba están sujetos a un régimen municipal específico. No alcanza con que el auto tenga documentación para circular: la plataforma, el propietario, la unidad y el conductor deben estar vinculados y habilitados en el Registro Digital Municipal.
Esta página se limita al servicio solicitado exclusivamente mediante plataformas autorizadas cuando el viaje comienza dentro del ejido de Córdoba capital. No describe las reglas de taxis, remises, transporte interurbano ni servicios iniciados en otras localidades de la provincia.
Para una empresa que administra varias unidades, este control forma parte de la gestión de flotas. La diferencia es que aquí cada asignación depende también del estado municipal del conductor, el vehículo y la plataforma.
Qué norma regula el servicio
La Ordenanza 13.549 creó el régimen y el Registro Digital Municipal. El Decreto 796/2025 reglamentó los requisitos operativos.
El punto de entrada es el origen del viaje. Si una solicitud nace dentro del ejido urbano, debe ser recibida, aceptada y procesada por una plataforma habilitada. La empresa no debería tratar un alta dentro de la aplicación como prueba suficiente de la habilitación municipal.
Antes de asignar un viaje conviene verificar cuatro estados:
- plataforma autorizada;
- propietario registrado;
- vehículo habilitado y vinculado;
- conductor habilitado y vinculado con esa unidad.
El registro que importa es el vigente al momento de aceptar la solicitud. Una captura anterior o una constancia vencida no prueba que todos los vínculos seguían activos cuando se prestó el servicio.
Documentos del propietario y del vehículo
El propietario debe acreditar su situación registral y fiscal, la titularidad o autorización sobre la unidad y los antecedentes exigidos por el régimen. El vehículo debe estar radicado y empadronado en Córdoba, además de cumplir las condiciones técnicas previstas para el servicio.
El legajo de la unidad debería reunir, como mínimo:
- título o cédula que identifique vehículo y titular;
- constancia de radicación y padrón municipal;
- alta y estado en el Registro Digital Municipal;
- póliza vigente para vehículo, pasajeros y equipaje;
- imágenes actuales solicitadas por el sistema;
- datos técnicos y fecha de primera inscripción;
- ITV y oblea vigentes;
- QR identificatorio asignado al servicio.
La documentación general para circular sigue siendo necesaria, pero no reemplaza estos requisitos municipales. Tampoco una póliza de uso particular prueba por sí sola que la cobertura contratada corresponda al servicio prestado.
Además del requisito municipal, el Reglamento General de la Actividad Aseguradora contempla una cobertura específica para vehículos que intervienen en viajes convenidos mediante plataformas. El uso debe declararse a la aseguradora correspondiente y cada unidad incorporada a la póliza colectiva necesita su certificado individual. Antes del alta, compará dominio, chasis, uso, vigencia y modalidad cubierta; no uses una póliza particular genérica ni importes tomados de condiciones históricas.
Cada cuánto se realiza la ITV
El Decreto 796/2025 establece una ITV cada seis meses para las unidades alcanzadas. Contempla una tolerancia de cinco días hábiles posteriores a la última inspección aprobada, que no conviene usar como fecha ordinaria de programación.
Las unidades cero kilómetro realizan la inspección cada doce meses durante sus dos primeros años calendario. La excepción no se mantiene indefinidamente por haber sido adquiridas nuevas: terminado ese período, corresponde aplicar la frecuencia general.
Para calcular el próximo control hay que conservar la fecha de primera inscripción y la fecha de la última ITV aprobada. La guía de RTO para vehículos de flota explica el control técnico en otros regímenes, pero no debe usarse para sustituir esta frecuencia municipal.
El QR identificatorio debe permanecer visible detrás del asiento del acompañante. El checklist previo al turno puede comprobar su presencia y legibilidad junto con la oblea y el certificado de ITV.
Requisitos del conductor
El conductor necesita estar registrado y contar con licencia D1 municipal vigente. También debe presentar DNI, cobertura de ART o seguro de accidentes personales y tres certificados de antecedentes: nacional, provincial y de delitos contra la integridad sexual.
Los certificados de antecedentes tienen una vigencia de 180 días corridos dentro de este régimen. La Municipalidad informó que la etapa transitoria terminó; una nueva alta debe cumplir los requisitos completos y no puede apoyarse en las facilidades temporales que existieron durante la implementación.
El control previo a la asignación debería comparar:
- identidad del conductor;
- alta municipal y vínculo con la unidad;
- licencia D1 y vencimiento;
- ART o seguro de accidentes personales;
- fecha de emisión de cada antecedente;
- cualquier suspensión o baja informada por el registro.
La guía sobre licencias profesionales C, D y E ofrece el marco general. Para este servicio, sin embargo, el dato decisivo es la licencia D1 exigida por Córdoba capital.
Límite diario y trazabilidad del viaje
Cada viaje debe nacer en la plataforma. La operación necesita conservar la solicitud, su aceptación, la identificación del conductor y del vehículo y los horarios de inicio y finalización.
El conductor no puede superar doce horas fraccionadas de servicio por día. El límite no se controla mirando sólo un viaje ni una sesión aislada. La empresa debe sumar las sesiones disponibles y evitar nuevas asignaciones cuando se alcanza el máximo.
El decreto también exige información y monitoreo municipal. El anexo técnico completo referido por la reglamentación no está disponible de forma íntegra en la fuente oficial preservada. Por eso, no corresponde inventar campos de integración, frecuencias de transmisión ni períodos de conservación. La obligación sustantiva de registrar vinculaciones, sesiones y viajes sí está vigente.
Control antes de habilitar un turno
Un procedimiento interno puede separar tres decisiones. Primero, validar el alta de la persona, la unidad y la plataforma. Segundo, comprobar documentos, coberturas, ITV, QR y antecedentes. Tercero, revisar las horas acumuladas del conductor antes de liberar una nueva asignación.
Si falta un documento o existe una diferencia entre dominio, titular, conductor y vínculo municipal, la unidad no debería entrar en servicio hasta regularizarla. El registro del bloqueo debe indicar qué requisito falló, quién lo verificó y qué evidencia permitió levantarlo.
Como el régimen es municipal y puede cambiar, conviene revisar la normativa y el canal oficial antes de cada alta o renovación. Esa verificación evita trasladar requisitos de Córdoba capital a otras ciudades o seguir aplicando una condición transitoria que ya terminó.