En Argentina, todo traslado de plantas o de sus partes (plantines, esquejes, estacas), salvo la semilla botánica, viaja con el Documento de Tránsito Vegetal electrónico (DTV-e) de SENASA. Lo fija el artículo 26 de la Resolución SENASA 64/2026, vigente desde el 27 de enero de 2026 en todo el país. Según la especie, el origen y el destino, el recorrido puede sumar prohibiciones o tratamientos por plagas cuarentenarias.

Para frutas y hortalizas de consumo, el procedimiento está en DTV-e para frutas y hortalizas.

Quién emite el DTV-e y quién lo cierra

Según las preguntas frecuentes de SENASA:

  • quien despacha la mercadería emite el DTV-e en el sistema SIGDTV antes de que salga el vehículo;
  • el documento acompaña la carga durante todo el trayecto;
  • el destinatario cierra el movimiento dentro de los tres días de la llegada;
  • sólo quien lo emitió puede anularlo, y antes de que venza;
  • SENASA no tiene un registro de transportes para productos vegetales, así que el camión o la camioneta no se habilitan. Se documenta la carga.

Para el material de propagación, la Resolución 64/2026 agrega condiciones. Los viveros y demás operadores que propagan, envían o entregan plantas, incluso para uso propio, se inscriben en el Registro Nacional Fitosanitario de Operadores de Material de Propagación (RENFO) (artículo 4). Esos operadores emiten y reciben el DTV-e y hacen el cierre documental (artículo 14, inciso a). Quien emite o recibe DTV-e, y el productor que compra plantas terminadas para plantación definitiva, los guarda al menos tres años (artículo 27).

El artículo 5 exceptúa del RENFO a los comercios de venta al público que venden sólo en su localidad, no superan 1.000 plantas en exhibición y no manejan especies priorizadas por SENASA. La excepción alcanza a la inscripción. El artículo 26 no exceptúa a nadie del DTV-e.

Restricciones por plaga y por zona

Cítricos y HLB

El HLB (huanglongbing) es una enfermedad de los cítricos sin cura. El anexo I de la Resolución 64/2026 exige que las plantas cítricas se produzcan según la Resolución SENASA 930/2009, en vivero bajo cubierta con malla antiinsectos. El programa nacional de HLB mantiene además la prohibición de producir, comerciar y transportar mirto o jazmín árabe (Murraya paniculata).

En junio de 2026, una patrulla de SENASA detuvo en la Autovía 14, en Federación, Entre Ríos, una pick-up con 51 plantas cítricas sin DTV-e. Las plantas fueron destruidas. Comprá plantas cítricas sólo a viveros inscriptos y pedí el DTV-e antes de cargarlas.

Vid y Lobesia botrana

La Resolución SENASA 373/2025 ubica a los oasis Norte, Este, Centro y Sur de Mendoza y a toda San Juan como área bajo supresión de la polilla de la vid; el resto del país es área libre. Su artículo 21 exige DTV-e para la fruta de vid, el material de propagación, las pasas sin industrializar y los restos de vid que pueda llevar la maquinaria. La limpieza de cosechadoras y bins está en limpieza de maquinaria agrícola entre zonas.

Palmeras y picudo rojo

La Resolución SENASA 133/2026 declaró la emergencia fitosanitaria por el picudo rojo de las palmeras en Buenos Aires y Entre Ríos, tras una detección en la isla Martín García en enero de 2026. Las palmeras hospedantes y sus partes, el material de propagación, los residuos de plantas infestadas y los suelos o sustratos contaminados son artículos reglamentados. Está prohibido trasladar ejemplares sospechosos, vivos o muertos, y cualquier sospecha se denuncia a SENASA.

Ingreso a la Patagonia

En los puestos de la Barrera Zoofitosanitaria Patagónica, SENASA revisa autos particulares y camiones de carga. Las plantas, plantines y esquejes que pueden portar plagas tienen que llevar rótulo identificatorio y documentación sanitaria. Los productos hospederos de Lobesia, como vid y arándanos, no ingresan, y tampoco las herramientas y maquinarias sin desinfectar. La fruta hospedante de moscas de los frutos tiene ingreso restringido. Si un producto no cumple, se decomisa y se labra un acta; después el vehículo sigue viaje. Para cargas comerciales de fruta, leé transporte de fruta hacia la Patagonia.

Antes de cargar

  1. Identificá especie, cantidad, presentación (planta terminada, plantín, estaca) y establecimiento de origen.
  2. Confirmá que el origen esté en el RENFO y que emita el DTV-e con el destino correcto.
  3. Revisá si el origen está en un área reglamentada para HLB, Lobesia o picudo rojo, o si el viaje cruza la barrera patagónica.
  4. Llevá el DTV-e durante todo el recorrido y avisá al destinatario que tiene que cerrarlo.

Si una carga mezcla plantas con animales o productos de origen animal, cada parte lleva su documento. La diferencia está en DT-e y DTV-e.