El vencimiento de la VTV o RTO depende de dónde está radicado el vehículo. El Decreto 196/2025 reescribió en marzo de 2025 el artículo 34 de la reglamentación de la Ley de Tránsito y fijó plazos nacionales: hasta 60 meses sin revisión para un auto particular 0 km, después vigencias de 24 meses hasta los 10 años y de 12 meses desde entonces. El mismo decreto invita a las provincias y a la Ciudad a adecuar sus normas. CABA, Buenos Aires, Santa Fe y la ciudad de Córdoba siguen publicando sus propios calendarios, más cortos que el nacional.

Qué fija el Decreto 196/2025

El decreto distingue entre vehículos particulares y no particulares (los que prestan servicios de transporte o tienen uso comercial).

ParticularesNo particulares
Primera revisión de un 0 kmHasta 60 meses desde el patentamiento inicialLa fija la jurisdicción, sin pasar de 12 meses
Vigencia después24 meses hasta 10 años de antigüedad; 12 meses despuésNunca más de 12 meses
Reinspección tras un condicionalHasta 60 díasHasta 30 días, sin prestar servicios

Para un importado usado sin licencia de configuración, el plazo de la primera revisión se cuenta desde la fecha de fabricación en el exterior. Las jurisdicciones pueden dar plazos más largos a los particulares, pero no a los no particulares.

Si el vehículo no acredita la revisión, la autoridad puede intimar a hacerla y aplicar sanciones. Según el decreto, además, ese vehículo no puede salir de su jurisdicción de radicación hasta cumplirla.

Qué cambió en la red de talleres

El Decreto 196/2025 permite que la revisión la haga cualquier taller, concesionario o importador inscripto como Taller de Revisión Técnica (TRT), sin importar dónde esté radicado el vehículo, siempre que tenga un ingeniero matriculado como director técnico. Las jurisdicciones no pueden limitar la cantidad de talleres ni fijar tarifas mínimas o máximas obligatorias.

En junio de 2026, la Resolución 32/2026 de la Secretaría de Transporte reabrió la inscripción en el Registro Nacional de Talleres de Inspección Técnica de Vehículos. Los talleres inscriptos pueden revisar vehículos particulares, comerciales, de pasajeros, de carga, antiguos y especiales. La CNRT fiscaliza y audita a esos talleres. La resolución dice que el registro será público y digital, pero no publica un listado ni indica dónde consultarlo.

Antes de reservar en un taller fuera de tu provincia, fijate si tu jurisdicción acepta ese certificado. Santa Fe, por ejemplo, sigue indicando en su ficha oficial del trámite que no valen las revisiones hechas en otras jurisdicciones para vehículos radicados allí, salvo el transporte interjurisdiccional de cargas y pasajeros. La Provincia de Buenos Aires acepta vehículos de otras provincias, pero aclara que esa VTV voluntaria no reemplaza la obligación de la jurisdicción de radicación.

Calendarios que publican las jurisdicciones

Estos son los plazos para autos particulares que publican hoy cuatro jurisdicciones en sus sitios oficiales:

JurisdicciónPrimera revisiónDespuésReverificación
CABAAl cumplir 4 años o 64.000 km, lo que pase primeroHasta 2 años si tiene menos de 7 años y 84.000 km; después, hasta 1 año60 días hábiles, sin cargo, en la misma planta
Provincia de Buenos AiresA los 2 años de la primera matriculaciónAnual60 días en la misma planta sin volver a pagar; después, tarifa completa
Santa FeA los 36 meses del patentamientoCada 24 meses hasta los 7 años; después, anual60 días sin cargo; después, 50% de la tarifa
Ciudad de CórdobaA los 2 años del 0 kmAnualHasta 60 días corridos; después, recargo del 50%

En Buenos Aires las motos se verifican desde el primer año, y las unidades de servicio público, escolares, de carga y de alquiler tienen plazos semestrales o anuales según la antigüedad. El detalle bonaerense está en esta nota sobre la VTV en Provincia de Buenos Aires y el porteño, en la de VTV en CABA.

Cómo se cuenta el vencimiento

CABA y Provincia de Buenos Aires asignan un mes según la última cifra de la patente. En Buenos Aires, la página de preguntas frecuentes aclara que ese mes no cambia aunque verifiques antes o después. Podés hacerla hasta 30 días antes, pero no gana vigencia. Si la hacés tarde, el vencimiento sigue en tu mes y no se cuenta un año desde la fecha de la inspección. CABA aplica la misma regla: la oblea conserva el vencimiento que habría tenido si se verificaba a tiempo.

Santa Fe también ordena la concurrencia por la última cifra de la patente, de marzo (0) a diciembre (9), según el Anexo II del Decreto 869/2009. En la ciudad de Córdoba, una ITV hecha después del vencimiento paga recargos del 15% al 100% según la demora.

Para saber cuándo vence la tuya, mirá el certificado o el informe de la última inspección. La regla general por antigüedad sirve para la primera revisión; las siguientes dependen de la fecha que quedó registrada.

Reverificación después de un condicional o rechazado

La reverificación es la segunda visita para mostrar que se corrigieron las fallas. En CABA, Buenos Aires y Santa Fe se hace en la misma planta y no se paga de nuevo si volvés dentro del plazo. Si te pasás, en Buenos Aires se paga la tarifa completa, en Santa Fe el 50% de la tarifa y en la ciudad de Córdoba un recargo del 50% sobre la tarifa base.

El plazo para reverificar no autoriza a circular igual que con un apto. Bajo el decreto nacional, un rechazado no puede circular y necesita una inspección total nueva, y un vehículo no particular condicional no puede prestar servicios mientras espera la reinspección. Qué podés hacer con el auto en ese período está en esta nota sobre VTV o RTO rechazada.

Después de un choque o una reparación

El Decreto 196/2025 no fija una revisión extra para un auto particular que tuvo un choque. Algunas jurisdicciones sí lo hacen. Santa Fe incluye entre los obligados a revisar a los vehículos que sufrieron un siniestro que pudo dañar elementos de seguridad, y aclara que en ese caso la RTO pierde vigencia y debe hacerse otra vez. El Decreto 869/2009 también prevé revisiones de vehículos accidentados con daños importantes en la estructura o en elementos de seguridad.

Para camiones y ómnibus de jurisdicción nacional, el procedimiento de la CNRT está en esta nota sobre la RTO después de un choque. Si tu vehículo está radicado en otra provincia, consultá a la autoridad de tránsito o a la planta de revisión antes de volver a circular con un certificado emitido antes del siniestro.

Para flotas con vehículos de uso comercial, el régimen de vigencia de 12 meses y el control de cada certificado están en esta nota sobre VTV y RTO en flotas.