Las configuraciones de bitrén B2 y B3 pueden circular por la Red Vial Nacional sin un permiso especial general, excepto en los tramos restringidos. Esa libertad no elimina el control de la ruta: el despacho debe comparar el itinerario real con el listado vigente y verificar los límites de cada estructura.
Regla vigente para B2 y B3
El punto 2.3.2 del Anexo R aprobado por el Decreto 689/2026 establece que las configuraciones B2 y B3 no requieren Permiso Especial de Tránsito para circular por rutas nacionales, salvo en los tramos restringidos.
La norma remite a los sectores definidos por la Resolución 1196/2025 y sus futuras modificaciones. Esos tramos responden a curvas de radio reducido u otras condiciones geométricas que generan riesgo operativo. Para atravesarlos se requiere autorización previa de la autoridad de aplicación.
El listado puede cambiar. Copiarlo dentro de una política y usar esa copia durante años expone a la flota a trabajar con una versión vencida. Conviene guardar un enlace a la fuente y registrar la fecha de cada consulta.
Tramo restringido y puente limitado
El Decreto 689/2026 hace una distinción operativa. Los puentes con capacidad portante limitada identificados en la Resolución 1196/2025 no se consideran tramos restringidos. La circulación sigue condicionada a que el peso bruto total no supere el límite indicado para la estructura.
Por eso, un planificador no debe marcar todo punto del mapa con el mismo estado. Puede usar al menos tres:
- libre, sujeto a los requisitos generales de la configuración;
- permitido con límite de peso en una estructura;
- restringido, con autorización previa para atravesarlo.
El cálculo debe hacerse con la formación y la carga reales. La capacidad teórica del equipo o un viaje anterior no prueban que el peso actual sea compatible con el puente.
Cómo validar una ruta antes del despacho
La orden de viaje debería identificar origen, destino, rutas, empalmes, accesos a planta y alternativas autorizadas. Luego se cruzan esos datos con:
- configuración técnica B2 o B3;
- peso total y distribución por ejes;
- RTO y documentación de las unidades;
- tramos restringidos vigentes;
- límites de puentes y otras estructuras;
- restricciones provinciales o locales fuera de la Red Vial Nacional;
- permisos obtenidos, cuando correspondan.
El control nacional no reemplaza las reglas de acceso a un puerto, parque industrial, municipio o ruta provincial. La última parte del recorrido suele abandonar la red nacional y necesita una revisión separada.
El Decreto 689/2026 también fija condiciones técnicas para las configuraciones, relación potencia-peso, sistemas de freno y otros requisitos. La clasificación B2 o B3 debe surgir de documentación técnica verificable, no de la longitud estimada por el planificador.
Qué hacer ante un desvío
Una obra, un corte o una instrucción de tránsito puede volver inválida una ruta que estaba aprobada. El conductor no debería elegir por su cuenta un camino alternativo con un bitrén. Debe detenerse en un punto seguro y comunicar la novedad.
Operaciones revisa si el desvío atraviesa un tramo restringido, una estructura limitada o una jurisdicción con reglas propias. Si no puede validarlo, mantiene el bloqueo y consulta a la autoridad o redefine el servicio.
La navegación comercial sirve para orientar, pero no acredita habilitación del corredor. El legajo debe conservar la fuente oficial consultada, la versión o fecha y la persona que aprobó el cambio.
Evidencia que conviene guardar
Cada viaje puede tener un paquete de evidencia con itinerario aprobado, mapa o listado consultado, pesaje, configuración, permisos y comunicaciones sobre desvíos. Si la ruta se reutiliza, se vuelve a verificar en la fecha de la nueva salida.
La captura del mapa debería mostrar su origen y fecha. Un archivo recortado, sin título de la norma ni versión, no permite saber si corresponde al listado vigente. Si una actualización modifica el corredor, el equipo conserva la aprobación anterior con el viaje histórico y aplica la nueva fuente a las salidas siguientes.
La documentación previa al despacho cubre licencia, cédula, seguro, RTO y documentos de carga. El control de corredor es un bloqueo adicional propio del bitrén.
La autorización debe quedar vinculada en la gestión de flotas al conjunto completo: tractora, unidades remolcadas, carga y ruta. Cambiar uno de esos elementos obliga a recalcular la conformidad.
Responsables internos
Tráfico propone la ruta; mantenimiento o ingeniería valida la configuración; despacho verifica documentos y peso; el conductor confirma que recibió el itinerario. Una sola marca de “aprobado” sin responsables separados dificulta detectar qué cambió.
La política también debe indicar quién tramita una autorización para un tramo restringido y qué documento permite liberar la salida. Hasta que esa constancia exista y coincida con el itinerario, el sistema debe mantener el viaje bloqueado.