En La Rioja la patente es el Impuesto a los Automotores y Acoplados y la cobra la Dirección General de Ingresos Provinciales (DGIP), que depende del Ministerio de Hacienda de la provincia. La deuda de cada vehículo se consulta por dominio en la web de la DGIP.
Si el vehículo está radicado en Provincia de Buenos Aires o en CABA, la consulta es otra y está en cómo consultar la deuda de patente en ARBA y AGIP.
Ver la deuda y pagar
- Entrá a Ver y pagar deuda en la web de la DGIP.
- Elegí Automotor.
- Escribí el dominio con el formato de la patente: AAA000 o AA000AA.
- Tocá Consultar para ver las cuotas adeudadas y emitir la boleta.
Para pagar por la red Link, la DGIP asigna un código propio a cada cuenta. Se obtiene en Código Link Pagos: elegí Automotor, escribí la cuenta y resolvé el código de verificación. Con ese código pagás en Link Pagos.
También se puede pagar con débito automático o con cesión de haberes, según la Resolución General 27/2025. Las dudas se atienden en el centro de contacto 0800-888-3447 o en la sede de Av. Alem 20, en la capital.
Vencimientos 2026
La Resolución General 27/2025 fijó el calendario 2026. El impuesto se paga de una vez, en dos semestres o en ocho cuotas:
| Modalidad | Vencimiento |
|---|---|
| Pago único anual (20 % de descuento) | 8 de mayo, por prórroga |
| Primer semestre (10 % de descuento) | 30 de abril, por prórroga |
| Segundo semestre (10 % de descuento) | 15 de septiembre |
| Cuota 1 | 15 de abril |
| Cuota 2 | 15 de mayo |
| Cuota 3 | 16 de junio |
| Cuota 4 | 15 de julio |
| Cuota 5 | 18 de agosto |
| Cuota 6 | 15 de septiembre |
| Cuota 7 | 15 de octubre |
| Cuota 8 | 16 de noviembre |
La Resolución General 7/2026 corrió al 30 de abril el pago anual y el primer semestre, que vencían el 15 de abril. Después, la Resolución General 8/2026 extendió el pago anual hasta el 8 de mayo. Si un vencimiento cae en día inhábil, pasa al día hábil siguiente.
Descuento 2027 por no tener deuda
La Resolución General 14/2026, que reglamenta la Ley 10.892, da un 10 % de descuento en el impuesto 2027 a los dominios que no registraban deuda vencida al 31 de julio de 2026. Se suma a los descuentos de la ley impositiva. Las deudas incluidas en un plan de pagos vigente no cuentan como canceladas, aunque las cuotas estén al día.
Deuda vencida: régimen de la Ley 10.892
La misma Resolución General 14/2026 reglamenta un régimen especial de regularización. Para el Impuesto a los Automotores alcanza la deuda hasta la cuarta cuota de 2026 inclusive, y la adhesión vence el 30 de noviembre de 2026.
- Hay que regularizar toda la deuda del dominio, con capital, intereses y multas.
- En sede administrativa se paga de contado o en hasta 24 cuotas mensuales, con una cuota mínima de $20.000.
- La condonación de intereses es del 100 % al contado, del 90 % en 2 a 6 cuotas, del 80 % en 7 a 12, del 70 % en 13 a 18 y del 60 % en 19 a 24.
- La tasa de financiación va del 1,25 % mensual (2 a 6 cuotas) al 2,5 % (19 a 24 cuotas).
- Las deudas en juicio se pagan en hasta 12 cuotas y se tramitan ante Fiscalía de Estado.
La adhesión se hace en cualquier oficina de la DGIP o en línea, en el Sitio Contribuyentes, opción «Trámites – Conformar nuevo Plan de Pago». Para la vía en línea hace falta la Clave de Identificación del Usuario (CIU), que se pide en forma presencial, y tener constituido el Domicilio Fiscal Electrónico. El plan queda firme al pagar el contado o la primera cuota, y caduca si quedan impagas tres cuotas.
Transferencia y libre deuda
La deuda de patente no impide inscribir la transferencia en el Registro Automotor: está explicado en patente y Registro Automotor después de los convenios. Antes de comprar un usado, consultá la deuda del dominio en la DGIP, porque la del impuesto queda en la cuenta del vehículo. Multas e informe de dominio son certificados distintos, como detalla libre deuda automotor.
Exención por discapacidad
El artículo 112, inciso g), del Código Tributario exime del impuesto a los vehículos de personas con discapacidad. La Resolución General 28/2025 dice que alcanza a los vehículos adaptados y también a los no adaptados inscriptos a nombre de la persona con discapacidad, sus padres, tutor, curador, cónyuge o apoyos designados por sentencia, siempre que vivan en La Rioja.
La solicitud inicial y la renovación anual se tramitan en la web de la DGIP. Hace falta tener constituido el Domicilio Fiscal Electrónico y las obligaciones fiscales al día, y presentar DNI, título del vehículo y Certificado Único de Discapacidad vigente, entre otros documentos.